III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Contratación administrativa. (BOE-A-2023-16784)
Orden PCM/818/2023, de 18 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2023, por el que se aprueba el Plan de Incorporación de la Metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 105019

conforme a un calendario progresivo de aplicación de BIM en función del valor estimado
del contrato.
El establecimiento de un calendario progresivo y umbrales de aplicación tiene en
consideración no sólo la propia naturaleza de una transformación en la gestión de la
información por una organización –proceso gradual que no puede considerarse en
términos binarios– sino también la necesidad de adecuación del sector de la
construcción, particularmente, la PYME.
En este sentido, la inclusión de BIM no puede suponer una restricción del acceso de
los operadores económicos a los procedimientos de contratación, en especial, con
respecto a las microempresas y pequeñas empresas, para lo cual el Plan:
i. Comienza incluyendo BIM en los contratos de mayor valor estimado, de forma
que no afecte a las licitaciones que por criterios de solvencia económica típicamente
pueden optar las microempresas y las pequeñas empresas; y
ii. Establece los estándares abiertos como criterio general para el intercambio de
información para garantizar la neutralidad tecnológica, es decir, la independencia en la
elección de alternativas tecnológicas por parte de los licitadores, en particular, las
microempresas y pequeñas empresas.
El proceso gradual que supone la incorporación de BIM puede medirse considerando
el nivel de colaboración y de intercambio de la información entre los diferentes agentes
involucrados en un contrato, partiendo de un nivel preBIM en el cual no está prevista la
colaboración para el desarrollo de las actividades de trabajo y finalizando en un nivel
caracterizado por una perfecta integración de la información y del uso de modelos y de
plataformas de almacenamiento y gestión de la información.
Para que el proceso de implantación de BIM en la AGE y sus OOPPEEDD se lleve a
cabo de forma coordinada, los órganos de contratación y el sector deben disponer de
marco de referencia sobre los niveles BIM en la gestión de la información de un contrato,
ya que será un referente comprensible para todos ellos en su colaboración en la
licitación y ejecución de un contrato.
En consecuencia, en el apartado 4.9 se definen cinco niveles BIM detallando las
exigencias que reviste cada uno de dichos niveles respecto de la aplicación de BIM. Esta
escala de niveles sirve por tanto a un doble propósito como:
1. Hoja de ruta común para la incorporación gradual de BIM en la gestión de la
información de un contrato, y
2. Referencia para las acciones que deberán emprender las correspondientes
unidades de la Administración General del Estado y los organismos públicos y las
entidades de derecho público vinculados o dependientes para la completa implantación
de BIM en sus contratos.
4.1

Ámbito objetivo de aplicación

a) Contratos de obras.
b) Contratos de concesión de obras.
c) Contratos de concesión de servicios, cuando comprendan la ejecución de obras.
d) Contratos de servicios vinculados a los contratos de obra o concesión de obras,
tales como servicios de dirección facultativa, asistencia técnica a la dirección de obra,
asistencia técnica para la vigilancia, control y coordinación de seguridad y salud.
e) Contratos de servicios previos a la licitación de contratos de obra o concesión de
obras, tales como servicios de redacción de proyectos.
f) Contratos mixtos que combinen elementos de los contratos mencionados en las
letras anteriores.

cve: BOE-A-2023-16784
Verificable en https://www.boe.es

Lo dispuesto en este apartado 4 del Plan BIM será de aplicación a los siguientes
contratos del sector público: