III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-16198)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo de Agencia EFE, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101370

Puntuación máxima posible en este criterio 200 puntos, con un tope anual
de 20 puntos. Permanencia en delegaciones:
El trabajo desarrollado en delegaciones nacionales conllevará una asignación
de puntos atendiendo a los siguientes criterios:
– 20 puntos por año de trabajo en delegaciones en las que no existan puestos
específicos de edición.
– 5 puntos por año de trabajo para el resto de delegaciones (excluida
expresamente la central).
Las puntuaciones serán asignadas atendiendo a los períodos en los que cada
delegación ha contado, o no, con puestos específicos de edición, siempre que
este hecho se pueda acreditar.
Este criterio es incompatible con la obtención de puntos por coberturas
informativas de temas de especial trascendencia en los supuestos de las
delegaciones en las que no existan puestos específicos de edición.
Las delegaciones donde sí existen puestos específicos de edición podrán
acumular a este aspecto la obtención de puntos por coberturas de temas de
especial trascendencia, si bien la suma de ambos criterios (permanencia en
delegaciones y cobertura de temas de especial trascendencia) nunca sobrepasará
los 20 puntos anuales.
La puntuación máxima posible en este criterio será de 200 puntos. Coberturas
informativas de temas de especial trascendencia.
Se asignarán 20 puntos por cada año de trabajo dedicado, de manera
sustancial, a alguna de las siguientes materias informativas:
Gobierno y altas instituciones del Estado.
Casa Real.
Partidos políticos.
Defensa.
Corresponsal diplomático.
Congreso.
Senado.
Política autonómica del Estado.
Tribunales.
Interior y terrorismo.
Medios de comunicación.
Política económica y laboral del Estado.
Mercados financieros.
Grandes empresas y grupos empresariales.

No se obtendrá puntuación añadida por viajes o coberturas especiales
relacionados con el seguimiento informativo de estas materias.
La puntuación máxima que se puede obtener a través de este criterio es
de 200 puntos.
A aquellos otros puestos cuya labor informativa no sea esencialmente el
seguimiento de estos temas, pero tenga que tratarlos circunstancialmente se les
concederán 5 puntos anuales.
Coberturas de riesgo.
La cobertura informativa, por parte de los redactores, de eventos considerados
de riesgo conllevará la siguiente asignación de puntos:
– 20 puntos por cobertura de conflicto armado.
– 10 puntos por cobertura de catástrofe natural.

cve: BOE-A-2023-16198
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