I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2023-16157)
Real Decreto 607/2023, de 11 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores en explotaciones modelo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 101144

8. Las plazas de las estancias formativas se asignarán a las personas
jóvenes considerando el orden de preferencia indicado en su solicitud.»
Nueve.

Se modifica el artículo 11, que queda redactado como sigue:

«Artículo 11. Comisión de Valoración, criterios de valoración y propuesta de
resolución.
1. La valoración de las solicitudes de ayudas de las entidades y de plazas de
estancias de las personas jóvenes se llevará a cabo por la Comisión de
Valoración, que estará compuesta por los siguientes miembros:

2. La Comisión acomodará su funcionamiento al régimen jurídico previsto en
la sección tercera, del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. El criterio de valoración para fijar la prelación entre solicitantes y en
consecuencia asignar las cuantías de las ayudas a cada entidad será el valor del
conjunto de plazas asignadas en las estancias incluidas en su plan de estancias.
La asignación de plazas se realizará siguiendo el orden de clasificación de las
personas jóvenes solicitantes y considerando el orden de preferencia entre
estancias indicado por cada una de ellas en su solicitud.
El valor de cada plaza asignada se determinará en función de la duración de la
estancia y el número de jóvenes asistentes a la misma.
El valor del conjunto de plazas asignadas para cada entidad será la suma del
valor individual de cada una de esas plazas.
4. Tras la valoración, en aplicación de los criterios de priorización de jóvenes
establecidos en el artículo 10.6 así como los criterios de valoración de las
entidades solicitantes referidos en el apartado anterior y de la información
aportada por el órgano instructor, la Comisión emitirá un informe en el que se
concretará el resultado de la valoración, que remitirá al órgano instructor.
5. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión
de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente
motivada, que deberá publicarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica
asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://
sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/navTablonAnuncios) de acuerdo con lo
dispuesto por el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, surtiendo la
publicación los efectos de la notificación, concediéndose un plazo de diez días
para presentar alegaciones.
La propuesta deberá contener la relación de entidades solicitantes para los
que se propone la concesión de la ayuda y su valoración, así como la relación de
entidades solicitantes cuyas solicitudes resultan desestimadas. De igual modo,
deberá incluir la relación priorizada de jóvenes solicitantes, indicando aquéllos
para los que se propone la asignación de las plazas y la estancia formativa

cve: BOE-A-2023-16157
Verificable en https://www.boe.es

a) Presidencia: La persona titular de la Dirección General de Desarrollo
Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, que podrá ser sustituida por un
funcionario o funcionaria con rango de subdirector o asimilado.
b) Vocalía: Tres funcionarios o funcionarias adscritos a la Subdirección
General de Dinamización del Medio Rural, designados por la persona titular de la
Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, y
dos vocalías de aquellas comunidades autónomas que hayan trasladado a la
Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria su
interés en participar. En caso de recibir más de dos solicitudes, se incluirán por el
orden que determine cada convocatoria.
c) Secretaría: La persona titular de la Subdirección General de Dinamización
del Medio Rural, con voz y voto.