III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2023-16210)
Orden UNI/777/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de planes de investigación en cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de investigación interdisciplinares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101546

Se deberán tener en cuenta los aspectos relacionados con la transición hacia la
investigación independiente, posibles lapsos en períodos de investigación y rutas de
investigación poco convencionales que hayan llevado a cabo los investigadores
principales. La evaluación de estos aspectos no podrá dar lugar, sin embargo, a
discriminación alguna por motivo de género, ni penalizar los lapsos profesionales que se
deban a conciliación de la vida personal y laboral o a circunstancias personales.
La evaluación del plan de investigación propuesto debe considerar el carácter
disruptivo, ambicioso y viable de las actuaciones propuestas, así como su encaje dentro
de las áreas temáticas definidas por la Red y la transferencia de los resultados que se
generen a través de dichas actuaciones. Para la evaluación de los planes de
investigación se tendrá en cuenta la siguiente guía de cuestiones:
Respecto al potencial de la propuesta científica:
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación propuesto aborda desafíos relevantes?
– ¿Hasta qué punto los objetivos planteados son ambiciosos y van más allá del
estado del arte?
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación proporciona un enfoque de investigación
de gran riesgo – gran beneficio, asegurando que en caso de completarse con éxito
proporcione un avance significativo y de gran potencial para la generación de nuevas
líneas de investigación?
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación propuesto tiene fundamentos sólidos
para la diseminación de los resultados obtenidos y su explotación por parte del tejido
productivo en España?
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación propuesto tiene potencial para generar
impacto internacional dentro de la comunidad científica y para situar a España a la
cabeza de la investigación en el área científica en la que se enmarca la propuesta?
– ¿Hasta qué punto se plantea un trabajo de investigación interdisciplinar, en el que
se mezclan culturas de diferentes centros de investigación o universidades, a la vez que
se trata un problema amplio para darle respuesta, teniendo en cuenta a los actores
afectados?
Respecto al enfoque científico de la propuesta:
– ¿Hasta qué punto el enfoque científico es adecuado para lograr los objetivos del
plan de investigación y llevar a cabo con éxito sus actuaciones?
– ¿Hasta qué punto los objetivos planteados son ambiciosos y van más allá del
estado del arte?
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación proporciona un enfoque de investigación
de gran riesgo – gran beneficio, asegurando que en caso de completarse con éxito
proporcione un avance significativo y de gran potencial para la generación de nuevas
líneas de investigación?
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación propuesto tiene fundamentos sólidos
para la diseminación de los resultados obtenidos y su explotación por parte del tejido
productivo en España?
– ¿Hasta qué punto el plan de investigación propuesto tiene potencial para generar
impacto internacional dentro de la comunidad científica y para situar a España a la
cabeza de la investigación en el área científica en la que se enmarca la propuesta?
Se podrán utilizar mecanismos de revisión entre pares en aras de evitar posibles
sesgos de evaluación e introducir un mayor nivel de consenso en la evaluación de los
planes de investigación. Para el desarrollo de las evaluaciones entre pares se seguirá la
guía para revisores publicada por la Comisión Europea dentro del marco del programa
ERC Synergy(1) en lo referente a selección de revisores y detección de conflictos de

cve: BOE-A-2023-16210
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Núm. 165