III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2023-16210)
Orden UNI/777/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de planes de investigación en cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de investigación interdisciplinares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101508

condicionada al resultado de las actuaciones de comprobación del órgano competente
para la comprobación de la ayuda concedida.
Artículo 41.

Registro de datos de las entidades beneficiarias.

1. La Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del
Reglamento del Mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia podrán
acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, regulado por
el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión
Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales,
entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación
de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de
servicios transnacionales y defensa de los consumidores, así como podrán acceder a
otras bases de datos de las Administraciones que puedan suministrar datos sobre
titulares reales.
2. Se podrá ceder información entre estos sistemas y el Sistema de información del
mecanismo de recuperación y resiliencia de conformidad con la normativa europea y
nacional aplicable.
Artículo 42.

Protección de datos de carácter personal.

Artículo 43.

Comunicaciones.

1. Todas las comunicaciones que se realicen en el procedimiento de concesión de
las ayudas contempladas en esta resolución, en su justificación y seguimiento, y en los
eventuales procedimientos de reintegro que se puedan iniciar, se llevarán a cabo
obligatoriamente a través de los medios electrónicos que se establecen en esta
resolución.
2. La utilización de los medios electrónicos establecidos será obligatoria tanto para
la notificación o publicación de los actos administrativos que se dicten como para la

cve: BOE-A-2023-16210
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados en las
solicitudes serán tratados por el Ministerio de Universidades, con la finalidad de
gestionar la participación en este procedimiento.
La presentación de la solicitud de ayuda conlleva la autorización de la entidades
solicitantes para tratar dichos datos de manera automatizada y cederlos a los órganos de
instrucción, evaluación, resolución, seguimiento y control competentes, así como para
dar publicidad de los actos de subsanación, resolución de exclusión, propuestas de
resolución provisional y definitiva y resolución de concesión de las ayudas, así como
cualquier otra notificación necesaria para la tramitación del procedimiento de concesión,
de justificación o seguimiento.
Igualmente, la presentación de la solicitud de ayuda conlleva la autorización de la
entidad y del/de la investigador/a participantes en la solicitud para realizar estadísticas
sobre la participación en las convocatorias de ayudas del Ministerio de Universidades.
La presentación de una solicitud de ayuda conlleva el consentimiento para la
comunicación a terceros de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento
posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Los solicitantes podrán ejercer sus derechos ante el responsable del tratamiento
correspondiente al centro gestor, así como acceder a información adicional a través del
enlace previsto en la en la página web https://www.universidades.gob.es/proteccion-dedatos-personales-2/.