III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2023-16210)
Orden UNI/777/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de planes de investigación en cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de investigación interdisciplinares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101505

+i, con motivo de la valoración de los criterios de evaluación relativos a la trayectoria
académica o profesional de las entidades beneficiarias.
13. El procedimiento de comprobación y control podrá detallarse en mayor medida
en las convocatorias y se regirá, así mismo, de acuerdo con las instrucciones y
normativa que se establezcan desde la Dirección General del Plan y del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
Artículo 36. Publicidad.

Artículo 37.

Incumplimientos, reintegros y sanciones.

1. El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidos en
esta orden de bases, en la convocatoria de ayudas, en la normativa europea, en su caso,
y en las demás normas aplicables, así como de las condiciones que se establezcan en la
resolución de concesión, dará lugar, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la
obligación de devolver la totalidad o parte de las ayudas percibidas y los intereses de
demora correspondientes, conforme a lo dispuesto en el título II, capítulo I de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el título III de su Reglamento.

cve: BOE-A-2023-16210
Verificable en https://www.boe.es

1. La publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en
el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones, y en los artículos 30 y 31 de su
Reglamento, mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
2. Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad de las ayudas concedidas y
del órgano concedente en cualquier publicación, producto, documento o resultado
derivado de la actividad financiada, incluyendo: los contratos de servicios y laborales, así
como en cualquier otro tipo de contrato relacionado con la ejecución de la actuación,
incluida la subcontratación; en convenios, publicaciones, ponencias, equipos, material
inventariable, actividades de difusión de resultados y otras análogas. En dichas
publicaciones se deberá mencionar expresamente, al menos, la convocatoria y la
referencia de identificación de la actuación.
Además, deberán publicar la concesión de la ayuda en su página web con mención
expresa del órgano concedente. En el caso de que la actuación esté cofinanciada, los
medios de difusión de la ayuda concedida al amparo de esta orden, así como su
relevancia, deberán ser al menos análogos a los empleados respecto a otras fuentes de
financiación.
3. Será de aplicación el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/441 del Parlamento
Europeo del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. A tal efecto, las entidades beneficiarias harán mención del
origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad, mediante el emblema de la
Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU», junto al logotipo del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Reino de España, disponibles en el link https://
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual, en particular cuando promuevan las
acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada
dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos en
el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 821/2014. También se puede consultar la
siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar
distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/
flag_es#download.
Todas las publicaciones, comunicaciones, actividades de formación, divulgación,
reflexión e intercambio harán referencia a la denominación de planes de investigación en
cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de
investigación interdisciplinares en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia europeo –financiado por la Unión Europea– Nextgeneration EU, así como del
área temática.