III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2023-16210)
Orden UNI/777/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de planes de investigación en cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de investigación interdisciplinares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Miércoles 12 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 101495
6. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del
solicitante para que el órgano instructor obtenga de forma directa la acreditación por
medios electrónicos de la información sobre el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 22.4 del
Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante, el
solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la
certificación del cumplimiento con dichas obligaciones.
7. Además, la solicitud deberá expresar el consentimiento expreso u oposición para
que el órgano instructor pueda comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones
o proveedores, la información respecto de otros requisitos exigidos. En caso de
oposición, el solicitante deberá aportar los certificados o pruebas que al efecto le exija la
convocatoria y la normativa de ejecución del Plan de Recuperación y Transformación y
Resiliencia aplicable.
8. Se podrá admitir la sustitución de la presentación de la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por una declaración responsable del solicitante de las
reguladas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones de reintegro, contemplado en
el artículo 25 citado, la Administración comprobará por sus propios medios la veracidad
de las declaraciones presentadas.
9. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de desarrollo de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el solicitante deberá aportar declaración
responsable expresa de no haber recibido subvenciones concurrentes o, en su caso, la
relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o
privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las mismas actuaciones objeto de
ayuda con el fin de evitar la doble financiación.
10. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria,
el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo de diez
días hábiles, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
11. Se dictará una resolución, que se publicará en la sede electrónica del Ministerio
de Universidades, en la que se incluirá la relación de todos aquellos solicitantes a los
que, en aplicación del párrafo anterior se les tenga por desistidos de sus solicitudes.
Artículo 26.
Fase de evaluación.
Puntuación
máxima
Umbral de
puntuación
Potencial transformativo de la propuesta.
A
B
Calidad y viabilidad del plan de investigación.
A
B
Criterios objetivos de otorgamiento de la ayuda
cve: BOE-A-2023-16210
Verificable en https://www.boe.es
1. Una vez recibidas por el órgano instructor las solicitudes admitidas, éste
solicitará a la Comisión de evaluación definida en el artículo 27 de la presente orden
creada al efecto la evaluación y la elaboración del informe establecido en el artículo 24.4
de Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dicho informe recogerá la evaluación de las
solicitudes atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la presente orden.
2. Se evaluará el potencial transformativo de la propuesta la calidad y viabilidad del
plan de investigación, los méritos científicos y curriculares del equipo de investigación y
la interdisciplinariedad del equipo y de la propuesta. La evaluación se realizará mediante
la comparación de la documentación aportada en las diferentes solicitudes y conforme a
los criterios de evaluación siguientes:
Núm. 165
Miércoles 12 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 101495
6. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del
solicitante para que el órgano instructor obtenga de forma directa la acreditación por
medios electrónicos de la información sobre el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 22.4 del
Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante, el
solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la
certificación del cumplimiento con dichas obligaciones.
7. Además, la solicitud deberá expresar el consentimiento expreso u oposición para
que el órgano instructor pueda comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones
o proveedores, la información respecto de otros requisitos exigidos. En caso de
oposición, el solicitante deberá aportar los certificados o pruebas que al efecto le exija la
convocatoria y la normativa de ejecución del Plan de Recuperación y Transformación y
Resiliencia aplicable.
8. Se podrá admitir la sustitución de la presentación de la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por una declaración responsable del solicitante de las
reguladas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones de reintegro, contemplado en
el artículo 25 citado, la Administración comprobará por sus propios medios la veracidad
de las declaraciones presentadas.
9. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de desarrollo de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el solicitante deberá aportar declaración
responsable expresa de no haber recibido subvenciones concurrentes o, en su caso, la
relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o
privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las mismas actuaciones objeto de
ayuda con el fin de evitar la doble financiación.
10. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria,
el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo de diez
días hábiles, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
11. Se dictará una resolución, que se publicará en la sede electrónica del Ministerio
de Universidades, en la que se incluirá la relación de todos aquellos solicitantes a los
que, en aplicación del párrafo anterior se les tenga por desistidos de sus solicitudes.
Artículo 26.
Fase de evaluación.
Puntuación
máxima
Umbral de
puntuación
Potencial transformativo de la propuesta.
A
B
Calidad y viabilidad del plan de investigación.
A
B
Criterios objetivos de otorgamiento de la ayuda
cve: BOE-A-2023-16210
Verificable en https://www.boe.es
1. Una vez recibidas por el órgano instructor las solicitudes admitidas, éste
solicitará a la Comisión de evaluación definida en el artículo 27 de la presente orden
creada al efecto la evaluación y la elaboración del informe establecido en el artículo 24.4
de Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dicho informe recogerá la evaluación de las
solicitudes atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la presente orden.
2. Se evaluará el potencial transformativo de la propuesta la calidad y viabilidad del
plan de investigación, los méritos científicos y curriculares del equipo de investigación y
la interdisciplinariedad del equipo y de la propuesta. La evaluación se realizará mediante
la comparación de la documentación aportada en las diferentes solicitudes y conforme a
los criterios de evaluación siguientes: