III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-16151)
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de actividades de formación en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Martes 11 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101097

– Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo
de las prácticas, elaborando los informes de seguimiento intermedios que dicho tutor le
requiera, así como la memoria final.
– Incorporarse al MISSM en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– Guardar secreto sobre la información de carácter personal y profesional a los que
tenga acceso en la realización de las actividades objeto de la práctica, así como las
limitaciones en su uso y transmisión impuestas por el Reglamento (UE) del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
demás normativa que resulte de aplicación.
Asimismo, el alumno deberá guardar secreto durante su estancia y finalizada ésta
respecto de cualquier otro tipo de información que pueda conocer como consecuencia de
las mismas, prestando, a estos efectos, su expresa conformidad.
– Elaborar la memoria final de las actividades objeto de la beca, en la que se haga
constar los datos personales del alumno, la entidad donde ha realizado las prácticas y su
ubicación, la descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado, la valoración de las tareas
desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los
estudios universitarios o de postgrado, la relación de los problemas planteados y el
procedimiento seguido para su resolución, la identificación de las aportaciones que en
materia de aprendizaje han supuesto las prácticas, la evaluación de las mismas y las
sugerencias de mejora, así como cualquier otro aspecto que considere relevante hacer
conocer al centro.
Información y protección de datos de carácter personal.

Información a los firmantes: Los datos de contacto de los firmantes del presente
convenio y del resto de personas de contacto que puedan intervenir serán tratados con
base en la ejecución del presente convenio, en el cumplimiento de una obligación legal y
de una misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en este convenio.
Asimismo, las partes firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier
momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a
dpd@inclusion.gob.es y/o a dpd@ucm.es.
Tales datos se tratarán mientras se mantenga en vigor el presente convenio entre las
partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la
finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que
se pudieran derivar de dicha finalidad.
Protección de datos: Todos los afectados por el presente convenio y anexos
devendrán obligados por las disposiciones y exigencias recogidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos personales y a la libre
circulación de estos datos.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, cada una de las
partes firmantes es responsable del tratamiento de datos que realice en el desarrollo de
sus correspondientes actividades y se compromete a cumplir lo establecido en la
precitada normativa, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia política de
privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos, cada
parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida que pueda
hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por parte de los
afectados o en virtud de inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.

cve: BOE-A-2023-16151
Verificable en https://www.boe.es

Décima.