III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-16008)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Xunta de Galicia y la Jefatura Central de Tráfico, para la mejora del conocimiento de la siniestralidad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100054
A su vez, el citado texto refundido, en su artículo 114, crea el Registro Nacional de
Víctimas de Accidentes de Tráfico del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y
el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, en su artículo 11 apartado o), faculta a la Dirección
General de Tráfico a desarrollar y gestionar el Registro velando por la incorporación de
todas las fuentes de información relacionadas con las características de los accidentes y
sus consecuencias.
II. Por otra parte, el Instituto de Medicina Legal de Galicia, creado por el
Decreto 119/2005, de 6 de mayo, es un órgano técnico cuya misión es auxiliar a los
juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del registro civil mediante la práctica de pruebas
periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de laboratorio, así como realizar
actividades de docencia e investigación relacionadas con la medicina forense.
Por medio del Real Decreto 2166/1994, de 4 de noviembre, se traspasaron desde el
Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios en materia de
provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la
Administración de Justicia.
Así, en el Estatuto de Autonomía de Galicia aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6
de abril, en sus artículos 20 a 26 regula los aspectos relacionados con la Justicia,
correspondiendo a la Comunidad Autónoma, en todo caso, la organización, dotación y
gestión de las oficinas jurisdiccionales. De acuerdo con lo previsto en el artículo 20,
además de las competencias expresamente previstas por el Estatuto, la Comunidad
Autónoma de Galicia ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del
Poder Judicial atribuya al Gobierno de España con relación a la Administración de
Justicia en Galicia.
El Instituto de Medicina Legal de Galicia está adscrito a la Dirección General de
Justicia de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2022, de 23
de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
III. Según los datos de siniestralidad, en el año 2021 el número de accidentes en
los que hubo alguna víctima fue de 3.920, el número de personas fallecidas fue 104, el
número de heridos hospitalizados fue 487 y el de no hospitalizados fue 4.890.
Por lo que considerando que la seguridad vial es un problema de toda la sociedad y
por ello, es necesaria la implicación de las Administraciones Públicas, es voluntad de
ambas partes, de acuerdo con el ámbito de sus competencias territoriales, actuar con un
objetivo común de mejora del conocimiento de la siniestralidad que contribuya a la
adecuada toma de decisiones en materia de seguridad vial.
IV. Este convenio se celebra, según las estipulaciones contenidas en los 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que tienen
carácter básico de acuerdo con lo previsto en su disposición final decimocuarta.
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es intercambiar información sobre víctimas de
accidentes de tráfico en la Comunidad Autónoma de Galicia, con el propósito de realizar
una identificación común de las personas víctimas de tráfico, establecer perfiles típicos y
analizar las características de los accidentes. Con ello se pretende conocer de manera
más amplia las causas de los accidentes y así poder atender mejor a la prevención de
los mismos en el ámbito de las políticas públicas de seguridad vial.
cve: BOE-A-2023-16008
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100054
A su vez, el citado texto refundido, en su artículo 114, crea el Registro Nacional de
Víctimas de Accidentes de Tráfico del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y
el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, en su artículo 11 apartado o), faculta a la Dirección
General de Tráfico a desarrollar y gestionar el Registro velando por la incorporación de
todas las fuentes de información relacionadas con las características de los accidentes y
sus consecuencias.
II. Por otra parte, el Instituto de Medicina Legal de Galicia, creado por el
Decreto 119/2005, de 6 de mayo, es un órgano técnico cuya misión es auxiliar a los
juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del registro civil mediante la práctica de pruebas
periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de laboratorio, así como realizar
actividades de docencia e investigación relacionadas con la medicina forense.
Por medio del Real Decreto 2166/1994, de 4 de noviembre, se traspasaron desde el
Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios en materia de
provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la
Administración de Justicia.
Así, en el Estatuto de Autonomía de Galicia aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6
de abril, en sus artículos 20 a 26 regula los aspectos relacionados con la Justicia,
correspondiendo a la Comunidad Autónoma, en todo caso, la organización, dotación y
gestión de las oficinas jurisdiccionales. De acuerdo con lo previsto en el artículo 20,
además de las competencias expresamente previstas por el Estatuto, la Comunidad
Autónoma de Galicia ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del
Poder Judicial atribuya al Gobierno de España con relación a la Administración de
Justicia en Galicia.
El Instituto de Medicina Legal de Galicia está adscrito a la Dirección General de
Justicia de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2022, de 23
de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
III. Según los datos de siniestralidad, en el año 2021 el número de accidentes en
los que hubo alguna víctima fue de 3.920, el número de personas fallecidas fue 104, el
número de heridos hospitalizados fue 487 y el de no hospitalizados fue 4.890.
Por lo que considerando que la seguridad vial es un problema de toda la sociedad y
por ello, es necesaria la implicación de las Administraciones Públicas, es voluntad de
ambas partes, de acuerdo con el ámbito de sus competencias territoriales, actuar con un
objetivo común de mejora del conocimiento de la siniestralidad que contribuya a la
adecuada toma de decisiones en materia de seguridad vial.
IV. Este convenio se celebra, según las estipulaciones contenidas en los 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que tienen
carácter básico de acuerdo con lo previsto en su disposición final decimocuarta.
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es intercambiar información sobre víctimas de
accidentes de tráfico en la Comunidad Autónoma de Galicia, con el propósito de realizar
una identificación común de las personas víctimas de tráfico, establecer perfiles típicos y
analizar las características de los accidentes. Con ello se pretende conocer de manera
más amplia las causas de los accidentes y así poder atender mejor a la prevención de
los mismos en el ámbito de las políticas públicas de seguridad vial.
cve: BOE-A-2023-16008
Verificable en https://www.boe.es
Primera.