III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-15991)
Resolución de 4 de julio de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Cepsa Algerie, SL, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 99925
IV. Que Cepsa Algerie, SL, mantiene un compromiso de contribución al desarrollo
que va más allá de su actividad empresarial/social. Éste se concreta en una amplia labor
de patrocinio en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor
para Cepsa Algerie, SL.
V. Que Cepsa Algerie, SL, conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto
Cervantes, y, específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las
actividades culturales y académicas que este programa.
VI. Que, con fecha 30 de agosto de 2019, el Ministerio de Hacienda, conforme a lo
establecido en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ha autorizado el
modelo normalizado del convenio al que el presente convenio se ajusta.
VII. A los efectos de lo previsto en el artículo 50.2 de la citada Ley 40/2015, el
presente convenio responde a un modelo-tipo de convenio de patrocinio en metálico,
autorizado por el Ministerio de Hacienda en fecha 30 de agosto de 2019.
VIII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes y Cepsa
Algerie, SL, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
En virtud del presente convenio, Cepsa Algerie, SL, se compromete a colaborar con
el Instituto Cervantes, mediante la aportación económica establecida en la cláusula
segunda, que este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo
de sus actividades culturales y académicas en Argelia, en 2023, como:
Concierto Fiesta Nacional, sector Música.
Día del cine español, sector Cine/Audiovisual.
Encuentro con escritores euro-magrebíes.
Encuentros literarios hispano-argelino.
Salón Internacional del libro de Argel (SILA).
Día Europeo de las Lenguas.
Encuentros con hispanistas.
Conmemoración del 50 aniversario de la muerte de Pablo Picasso.
Festival Cultural Europeo.
Segunda.
Aportación económica y forma de pago.
Cepsa Algerie, SL, aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de ocho
mil euros (8.000 €) para el desarrollo de las actividades culturales y académicas
indicadas en la cláusula anterior.
El abono de esta aportación se efectuará por Cepsa Algerie, SL, en un plazo máximo
de treinta días a contar de la entrada en vigor del presente convenio, mediante
transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que este le
indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a Cepsa Algerie, SL, la oportuna certificación acreditativa de la
aportación realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo, y su Reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente convenio, de la participación de Cepsa Algerie, SL, en sus actividades, no
cve: BOE-A-2023-15991
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 99925
IV. Que Cepsa Algerie, SL, mantiene un compromiso de contribución al desarrollo
que va más allá de su actividad empresarial/social. Éste se concreta en una amplia labor
de patrocinio en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor
para Cepsa Algerie, SL.
V. Que Cepsa Algerie, SL, conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto
Cervantes, y, específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las
actividades culturales y académicas que este programa.
VI. Que, con fecha 30 de agosto de 2019, el Ministerio de Hacienda, conforme a lo
establecido en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ha autorizado el
modelo normalizado del convenio al que el presente convenio se ajusta.
VII. A los efectos de lo previsto en el artículo 50.2 de la citada Ley 40/2015, el
presente convenio responde a un modelo-tipo de convenio de patrocinio en metálico,
autorizado por el Ministerio de Hacienda en fecha 30 de agosto de 2019.
VIII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes y Cepsa
Algerie, SL, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
En virtud del presente convenio, Cepsa Algerie, SL, se compromete a colaborar con
el Instituto Cervantes, mediante la aportación económica establecida en la cláusula
segunda, que este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo
de sus actividades culturales y académicas en Argelia, en 2023, como:
Concierto Fiesta Nacional, sector Música.
Día del cine español, sector Cine/Audiovisual.
Encuentro con escritores euro-magrebíes.
Encuentros literarios hispano-argelino.
Salón Internacional del libro de Argel (SILA).
Día Europeo de las Lenguas.
Encuentros con hispanistas.
Conmemoración del 50 aniversario de la muerte de Pablo Picasso.
Festival Cultural Europeo.
Segunda.
Aportación económica y forma de pago.
Cepsa Algerie, SL, aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de ocho
mil euros (8.000 €) para el desarrollo de las actividades culturales y académicas
indicadas en la cláusula anterior.
El abono de esta aportación se efectuará por Cepsa Algerie, SL, en un plazo máximo
de treinta días a contar de la entrada en vigor del presente convenio, mediante
transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que este le
indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a Cepsa Algerie, SL, la oportuna certificación acreditativa de la
aportación realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo, y su Reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente convenio, de la participación de Cepsa Algerie, SL, en sus actividades, no
cve: BOE-A-2023-15991
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