III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-15991)
Resolución de 4 de julio de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Cepsa Algerie, SL, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Lunes 10 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 99924

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
15991

Resolución de 4 de julio de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se
publica el Convenio con Cepsa Algerie, SL, para el desarrollo de actividades
culturales y académicas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio entre el Instituto Cervantes y Cepsa Algerie, SL, para el desarrollo
de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
Madrid, 4 de julio de 2023.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen
Noguero Galilea.
CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y CEPSA ALGERIE, SL, PARA EL
DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ACADÉMICAS DEL INSTITUTO
CERVANTES
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes,
cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21
de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de
marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente
convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, y con NIF Q-2812007 I, en adelante, el
Instituto Cervantes o el IC.
Y de otra parte, don Herbert Alejandro Archila Dehesa, con NIE Y8****82P, en calidad
de administrador solidario de Cepsa Algerie, SL, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Madrid, Torre Cepsa, paseo de la Castellana, n.º 259-A. En adelante, Cepsa
Algerie, SL.
El Instituto Cervantes y Cepsa Algerie, SL, serán denominados en adelante
conjuntamente como las partes y cada una de ellas individualmente como la parte.
Ambas partes, que manifiestan y aseguran que intervienen con capacidad legal
necesaria y competencia suficiente, suscriben el presente convenio y, a tal efecto,

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público, sin ánimo de lucro, creado al
amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad
de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, cuyos fines y objetivos primordiales son la promoción
universal de la lengua española y la difusión de la cultura en el exterior.
II. Que el Instituto Cervantes es considerado una entidad beneficiaria del mecenazgo
de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de
las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
III. Que Cepsa Algerie, SL, es una sociedad mercantil española constituida
mediante escritura de constitución de sociedad de capital, bajo el tipo social de sociedad
de responsabilidad limitada, otorgada ante el Notario del Colegio de Madrid don Carlos
Solís Villa el 27 de septiembre de 2013, con el n.º 1557 de su protocolo, con el objeto de
realizar en Argelia de actividades de exploración, investigación y explotación de toda
clase de yacimientos de hidrocarburos.

cve: BOE-A-2023-15991
Verificable en https://www.boe.es

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