III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-16031)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental, para el seguimiento de las medidas de gestión de los regadíos en la Mancha Oriental.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100204
El abono se producirá de la siguiente forma:
Primer periodo, a desarrollar en 2023:
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-resumen en la cual se contenga la
planificación y descripción de los trabajos a realizar.
– Un máximo de 97.500 euros en seis pagos, previa justificación adecuada y
suficiente de los trabajos realizados y de forma proporcional al cumplimiento del
programa de trabajo establecido, a efectuar antes de la finalización del primer periodo,
siempre que se cumplan los objetivos establecidos en el presente convenio.
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-final en la cual se incluya una relación
de los efectivamente realizados correspondiente al primer periodo.
Segundo y tercer periodos, a desarrollar en 2024 y 2025:
– Un máximo de 113.750 euros en siete pagos de 16.250 euros, previa justificación
adecuada y suficiente de los trabajos realizados y de forma proporcional al cumplimiento
del programa de trabajo establecido, a efectuar antes de la finalización de este segundo
periodo.
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-final en la cual se incluya una relación
de los efectivamente realizados correspondientes al segundo y tercer periodo.
Cuarto período, a desarrollar en 2026:
– Un máximo de 113.750 euros en siete pagos de 16.250 euros, previa justificación
adecuada y suficiente de los trabajos realizados y de forma proporcional al cumplimiento
del programa de trabajo establecido, a efectuar antes de la finalización de este cuarto
periodo.
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-final en la cual se incluya una relación
de los efectivamente realizados y un análisis de posibles trabajos futuros.
En cualquier caso, la valoración de los trabajos finalmente realizados se realizará de
acuerdo con los precios unitarios definidos en la memoria adjunta a este Convenio.
La aplicación presupuestaria a la que se cargará el presente convenio dentro del
presupuesto de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., será la 23-452A-227.06
Estudios y Trabajos Técnicos.
Quinta. Forma de pago.
El abono de dichas cantidades se hará efectivo en un plazo no superior a treinta días
a la fecha del devengo, en la c.c. n.º ES72 3190 0091 1000 0998 0129, abierta en
Globalcaja a nombre de la JCRMO.
Se crea una Comisión de Dirección de los trabajos, que actuará como Comisión de
seguimiento, vigilancia y ejecución del convenio, formada por el Comisario de Aguas
adjunto y un funcionario de la Comisaría de Aguas designado por éste, por parte de la
CHJ, y por parte de la JCRMO su Presidente y un asistente de su elección, o quien
designe la Junta de Gobierno para tal fin, actuando el Comisario de Aguas adjunto de la
CHJ como Presidente de dicha Comisión. Ambas entidades podrán designar asesores
técnicos o suplentes que integren la mencionada Comisión.
La Comisión será la responsable de la dirección de los trabajos, dando las
instrucciones necesarias para la realización de los mismos, realizando su seguimiento y
coordinación. Sus decisiones, serán vinculantes para las partes. Sus reuniones se
celebrarán con carácter periódico y siempre que lo solicite cualquiera de las partes.
La Comisión de Dirección podrá designar a una persona o equipo para la
coordinación del personal que desarrolle los trabajos objeto de este convenio.
cve: BOE-A-2023-16031
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100204
El abono se producirá de la siguiente forma:
Primer periodo, a desarrollar en 2023:
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-resumen en la cual se contenga la
planificación y descripción de los trabajos a realizar.
– Un máximo de 97.500 euros en seis pagos, previa justificación adecuada y
suficiente de los trabajos realizados y de forma proporcional al cumplimiento del
programa de trabajo establecido, a efectuar antes de la finalización del primer periodo,
siempre que se cumplan los objetivos establecidos en el presente convenio.
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-final en la cual se incluya una relación
de los efectivamente realizados correspondiente al primer periodo.
Segundo y tercer periodos, a desarrollar en 2024 y 2025:
– Un máximo de 113.750 euros en siete pagos de 16.250 euros, previa justificación
adecuada y suficiente de los trabajos realizados y de forma proporcional al cumplimiento
del programa de trabajo establecido, a efectuar antes de la finalización de este segundo
periodo.
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-final en la cual se incluya una relación
de los efectivamente realizados correspondientes al segundo y tercer periodo.
Cuarto período, a desarrollar en 2026:
– Un máximo de 113.750 euros en siete pagos de 16.250 euros, previa justificación
adecuada y suficiente de los trabajos realizados y de forma proporcional al cumplimiento
del programa de trabajo establecido, a efectuar antes de la finalización de este cuarto
periodo.
– 16.250 euros a la entrega de una memoria-final en la cual se incluya una relación
de los efectivamente realizados y un análisis de posibles trabajos futuros.
En cualquier caso, la valoración de los trabajos finalmente realizados se realizará de
acuerdo con los precios unitarios definidos en la memoria adjunta a este Convenio.
La aplicación presupuestaria a la que se cargará el presente convenio dentro del
presupuesto de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., será la 23-452A-227.06
Estudios y Trabajos Técnicos.
Quinta. Forma de pago.
El abono de dichas cantidades se hará efectivo en un plazo no superior a treinta días
a la fecha del devengo, en la c.c. n.º ES72 3190 0091 1000 0998 0129, abierta en
Globalcaja a nombre de la JCRMO.
Se crea una Comisión de Dirección de los trabajos, que actuará como Comisión de
seguimiento, vigilancia y ejecución del convenio, formada por el Comisario de Aguas
adjunto y un funcionario de la Comisaría de Aguas designado por éste, por parte de la
CHJ, y por parte de la JCRMO su Presidente y un asistente de su elección, o quien
designe la Junta de Gobierno para tal fin, actuando el Comisario de Aguas adjunto de la
CHJ como Presidente de dicha Comisión. Ambas entidades podrán designar asesores
técnicos o suplentes que integren la mencionada Comisión.
La Comisión será la responsable de la dirección de los trabajos, dando las
instrucciones necesarias para la realización de los mismos, realizando su seguimiento y
coordinación. Sus decisiones, serán vinculantes para las partes. Sus reuniones se
celebrarán con carácter periódico y siempre que lo solicite cualquiera de las partes.
La Comisión de Dirección podrá designar a una persona o equipo para la
coordinación del personal que desarrolle los trabajos objeto de este convenio.
cve: BOE-A-2023-16031
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Comisión de Seguimiento.