III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2023-16057)
Resolución de 28 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establece la hoja de ruta para la mejora de la atención temprana en España sobre un marco común de universalidad, responsabilidad pública, equidad, gratuidad y calidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100278
infancia en el ámbito comunitario, la prevención de situaciones de riesgo para el
desarrollo del niño y la niña y/o su exclusión social, así como en la detección de signos
de alarma y la superación de dichas situaciones en caso de existir, interviniendo para
mejorar las condiciones de vida y desarrollo del niño o niñas, de su familia y su entorno.
Las actuaciones de los Servicios Sociales están destinadas a la promoción del
bienestar del niño, la niña y sus familias, facilitando su inclusión social y las condiciones
de su desarrollo, adecuando el entorno a sus necesidades y potencialidades. Dichas
acciones se planificarán y programarán de forma individual atendiendo al ámbito
comunitario.
Equipos de atención temprana.
Los equipos de atención temprana son servicios comunitarios dirigidos
específicamente a la atención del niño o la niña, de entre 0 y 6 años, que presenta
alteraciones o factores de riesgo para su desarrollo y a sus familias. Los equipos serán
multidisciplinares, con un funcionamiento inter-transdisciplinar, considerándose que la
intervención en atención temprana debe abarcar tanto aspectos intrapersonales o
propios de cada individuo como interpersonales o relacionados con su entorno.
Los equipos, servicios y centros de atención temprana tienen carácter comunitario,
como recursos de promoción, prevención y apoyo al desarrollo infantil de todos los niños
y niñas residentes en su ámbito de responsabilidad territorial.
Los equipos de atención temprana trabajarán en tres niveles de forma simultánea:
– Nivel individual (el niño o la niña): acompañamiento y apoyo a su propio desarrollo
y autonomía desde la globalidad y a su inclusión en el medio familiar, escolar y social.
– Nivel familiar: ofrecimiento de recursos a la familia como el contexto más próximo
al niño o la niña, de forma que se refuercen las competencias para acompañarle en su
vida y se mejore la calidad de vida de la familia, conectada con su valores y opciones.
– Nivel social y comunitario: fomento de un contexto sensible, abierto, responsable y
accesible para la inclusión y participación social del niño o la niña y su familia, en los
escenarios naturales de convivencia con las personas de su entorno personal (familia,
amigos, vecinos, etc.), comunitario (actividades de ocio, asociacionismo, etc.) y
educativo (educadores y compañeros de la etapa de educación infantil).
Desde esta perspectiva, los equipos de profesionales de atención temprana deberán:
– Trabajar con la familia como entorno principal donde el niño o la niña forja su
identidad, aprende y afirma sus intereses y competencias.
Trabajar en coordinación con otros agentes (profesionales del ámbito sanitario, social
y educativo) implicados en el desarrollo del niño y la niña y en el de su familia.
– Estudiar y promover, en colaboración con los actores sociales y en los diferentes
contextos, los cambios que faciliten el desarrollo de la autonomía personal y la inclusión
social de cada niño y niña.
– Promover y fortalecer el bienestar personal y la calidad de la vida cotidiana del
niño y la niña, identificando y movilizando, en su caso, los apoyos informales prestados
por las personas de su entorno.
– Garantizar, organizar, informar, orientar y derivar, en su caso, los recursos que
sean necesarios de los ámbitos sanitario, social o educativo, para potenciar el desarrollo
personal del niño o la niña, entendido de forma global y en sus diferentes áreas del
desarrollo.
– Promover y fortalecer los recursos comunitarios que contribuyan a los procesos de
socialización, autonomía e inclusión (como actividades de ocio, grupos de autoayuda,
asociacionismo, etc.).
cve: BOE-A-2023-16057
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100278
infancia en el ámbito comunitario, la prevención de situaciones de riesgo para el
desarrollo del niño y la niña y/o su exclusión social, así como en la detección de signos
de alarma y la superación de dichas situaciones en caso de existir, interviniendo para
mejorar las condiciones de vida y desarrollo del niño o niñas, de su familia y su entorno.
Las actuaciones de los Servicios Sociales están destinadas a la promoción del
bienestar del niño, la niña y sus familias, facilitando su inclusión social y las condiciones
de su desarrollo, adecuando el entorno a sus necesidades y potencialidades. Dichas
acciones se planificarán y programarán de forma individual atendiendo al ámbito
comunitario.
Equipos de atención temprana.
Los equipos de atención temprana son servicios comunitarios dirigidos
específicamente a la atención del niño o la niña, de entre 0 y 6 años, que presenta
alteraciones o factores de riesgo para su desarrollo y a sus familias. Los equipos serán
multidisciplinares, con un funcionamiento inter-transdisciplinar, considerándose que la
intervención en atención temprana debe abarcar tanto aspectos intrapersonales o
propios de cada individuo como interpersonales o relacionados con su entorno.
Los equipos, servicios y centros de atención temprana tienen carácter comunitario,
como recursos de promoción, prevención y apoyo al desarrollo infantil de todos los niños
y niñas residentes en su ámbito de responsabilidad territorial.
Los equipos de atención temprana trabajarán en tres niveles de forma simultánea:
– Nivel individual (el niño o la niña): acompañamiento y apoyo a su propio desarrollo
y autonomía desde la globalidad y a su inclusión en el medio familiar, escolar y social.
– Nivel familiar: ofrecimiento de recursos a la familia como el contexto más próximo
al niño o la niña, de forma que se refuercen las competencias para acompañarle en su
vida y se mejore la calidad de vida de la familia, conectada con su valores y opciones.
– Nivel social y comunitario: fomento de un contexto sensible, abierto, responsable y
accesible para la inclusión y participación social del niño o la niña y su familia, en los
escenarios naturales de convivencia con las personas de su entorno personal (familia,
amigos, vecinos, etc.), comunitario (actividades de ocio, asociacionismo, etc.) y
educativo (educadores y compañeros de la etapa de educación infantil).
Desde esta perspectiva, los equipos de profesionales de atención temprana deberán:
– Trabajar con la familia como entorno principal donde el niño o la niña forja su
identidad, aprende y afirma sus intereses y competencias.
Trabajar en coordinación con otros agentes (profesionales del ámbito sanitario, social
y educativo) implicados en el desarrollo del niño y la niña y en el de su familia.
– Estudiar y promover, en colaboración con los actores sociales y en los diferentes
contextos, los cambios que faciliten el desarrollo de la autonomía personal y la inclusión
social de cada niño y niña.
– Promover y fortalecer el bienestar personal y la calidad de la vida cotidiana del
niño y la niña, identificando y movilizando, en su caso, los apoyos informales prestados
por las personas de su entorno.
– Garantizar, organizar, informar, orientar y derivar, en su caso, los recursos que
sean necesarios de los ámbitos sanitario, social o educativo, para potenciar el desarrollo
personal del niño o la niña, entendido de forma global y en sus diferentes áreas del
desarrollo.
– Promover y fortalecer los recursos comunitarios que contribuyan a los procesos de
socialización, autonomía e inclusión (como actividades de ocio, grupos de autoayuda,
asociacionismo, etc.).
cve: BOE-A-2023-16057
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163