III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2023-16057)
Resolución de 28 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establece la hoja de ruta para la mejora de la atención temprana en España sobre un marco común de universalidad, responsabilidad pública, equidad, gratuidad y calidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
4.
Sec. III. Pág. 100277
Determinación de los principales elementos de la Red de Atención Temprana
Sistema que garantice la atención temprana como derecho subjetivo universal,
público y gratuito.
La garantía del derecho a la atención temprana corresponde, en un Estado Social y
Democrático de Derecho, a las Administraciones Públicas, que son responsables de:
– Crear una Red de Atención Temprana de carácter universal, de responsabilidad
pública y gratuita que se adapte a las diversas realidades territoriales y a la posibilidad
de vincularse, a partir de un patrón común, a los sistemas de salud, educativo o servicios
sociales y coordinarse con el resto de profesionales implicados en el caso según las
necesidades que se precisen.
– Establecer los correspondientes mecanismos de coordinación y protocolos de
actuación entre los órganos decisorios, gestores y profesionales de las Administraciones
Públicas de, al menos, los sistemas de salud, educativo y servicios sociales; en
cooperación, cuando se considere necesario, con el Tercer Sector.
– Desarrollar los correspondientes criterios de planificación, financiación,
coordinación interdepartamental con las derivaciones que se estimen pertinentes,
estructuración, sectorización, provisión, acreditación y regulación de centros y equipos
que garanticen el acceso a la atención temprana en condiciones de igualdad y calidad
para todos los niños y niñas independientemente de su lugar de residencia.
Articulación de la atención temprana en los ámbitos sanitario, educativo y social.
– Ámbito Sanitario: El ámbito de la salud se centra en factores evolutivos del niño,
acciones preventivas y de asistencia sanitaria, que incluye actuaciones que afectan a
niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria, y comprende acciones preventivas
orientadas a promover la salud y el bienestar de los niños y niñas y sus familias, la
detección temprana de signos de alarma o situaciones de riesgo para el desarrollo, así
como intervenciones terapéuticas y otras actividades dirigidas hacia el niño o la niña, su
familia y su entorno con el objetivo de mejorar las condiciones de su desarrollo.
– Ámbito Educativo: La Educación Infantil es la etapa en la que se atiende a niños y
niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad y se centra en el desarrollo
integral y armónico de cada niño y niña, desarrollando su personalidad, aptitudes y
capacidad –física, emocional, sexual, afectiva, social, cognitiva y artística– hasta el
máximo de sus posibilidades. Se trata de potenciar tanto su autonomía personal, con el
desarrollo progresivo de una imagen positiva y equilibrada de sí mismos, como su
formación en valores cívicos para la convivencia, inculcando en el niño y la niña el
respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Para alcanzar los fines de la Educación Infantil, es necesario que en todos sus
niveles de actuación se garanticen los principios de equidad y plena inclusión de todo el
alumnado, contemplando de forma positiva su diversidad. En este sentido, en la
programación, gestión y desarrollo de la educación se ha de atender a las características
personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de los niños y las niñas, e identificar
aquellas características y circunstancias personales, familiares o sociales que puedan
tener incidencia en su evolución escolar, con la debida compensación de los efectos que
las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje y en la
evolución infantil. Para todo ello, es esencial que se puedan determinar lo antes posible
las necesidades específicas de apoyo educativo, que se satisfarán durante toda la etapa
educativa, y, en su caso, se presten los servicios y acciones que proporcionen una
atención temprana de calidad.
– Ámbito Servicios Sociales: Los Servicios Sociales, en todos sus niveles de
actuación, tienen funciones y competencias fundamentales en la promoción de la
cve: BOE-A-2023-16057
Verificable en https://www.boe.es
La inclusión y la autonomía son dos objetivos unidos de una manera dinámica e
interactiva, por lo que la actuación de la atención temprana se debe abordar en los
ámbitos sanitario, educativo y social.
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
4.
Sec. III. Pág. 100277
Determinación de los principales elementos de la Red de Atención Temprana
Sistema que garantice la atención temprana como derecho subjetivo universal,
público y gratuito.
La garantía del derecho a la atención temprana corresponde, en un Estado Social y
Democrático de Derecho, a las Administraciones Públicas, que son responsables de:
– Crear una Red de Atención Temprana de carácter universal, de responsabilidad
pública y gratuita que se adapte a las diversas realidades territoriales y a la posibilidad
de vincularse, a partir de un patrón común, a los sistemas de salud, educativo o servicios
sociales y coordinarse con el resto de profesionales implicados en el caso según las
necesidades que se precisen.
– Establecer los correspondientes mecanismos de coordinación y protocolos de
actuación entre los órganos decisorios, gestores y profesionales de las Administraciones
Públicas de, al menos, los sistemas de salud, educativo y servicios sociales; en
cooperación, cuando se considere necesario, con el Tercer Sector.
– Desarrollar los correspondientes criterios de planificación, financiación,
coordinación interdepartamental con las derivaciones que se estimen pertinentes,
estructuración, sectorización, provisión, acreditación y regulación de centros y equipos
que garanticen el acceso a la atención temprana en condiciones de igualdad y calidad
para todos los niños y niñas independientemente de su lugar de residencia.
Articulación de la atención temprana en los ámbitos sanitario, educativo y social.
– Ámbito Sanitario: El ámbito de la salud se centra en factores evolutivos del niño,
acciones preventivas y de asistencia sanitaria, que incluye actuaciones que afectan a
niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria, y comprende acciones preventivas
orientadas a promover la salud y el bienestar de los niños y niñas y sus familias, la
detección temprana de signos de alarma o situaciones de riesgo para el desarrollo, así
como intervenciones terapéuticas y otras actividades dirigidas hacia el niño o la niña, su
familia y su entorno con el objetivo de mejorar las condiciones de su desarrollo.
– Ámbito Educativo: La Educación Infantil es la etapa en la que se atiende a niños y
niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad y se centra en el desarrollo
integral y armónico de cada niño y niña, desarrollando su personalidad, aptitudes y
capacidad –física, emocional, sexual, afectiva, social, cognitiva y artística– hasta el
máximo de sus posibilidades. Se trata de potenciar tanto su autonomía personal, con el
desarrollo progresivo de una imagen positiva y equilibrada de sí mismos, como su
formación en valores cívicos para la convivencia, inculcando en el niño y la niña el
respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Para alcanzar los fines de la Educación Infantil, es necesario que en todos sus
niveles de actuación se garanticen los principios de equidad y plena inclusión de todo el
alumnado, contemplando de forma positiva su diversidad. En este sentido, en la
programación, gestión y desarrollo de la educación se ha de atender a las características
personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de los niños y las niñas, e identificar
aquellas características y circunstancias personales, familiares o sociales que puedan
tener incidencia en su evolución escolar, con la debida compensación de los efectos que
las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje y en la
evolución infantil. Para todo ello, es esencial que se puedan determinar lo antes posible
las necesidades específicas de apoyo educativo, que se satisfarán durante toda la etapa
educativa, y, en su caso, se presten los servicios y acciones que proporcionen una
atención temprana de calidad.
– Ámbito Servicios Sociales: Los Servicios Sociales, en todos sus niveles de
actuación, tienen funciones y competencias fundamentales en la promoción de la
cve: BOE-A-2023-16057
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La inclusión y la autonomía son dos objetivos unidos de una manera dinámica e
interactiva, por lo que la actuación de la atención temprana se debe abordar en los
ámbitos sanitario, educativo y social.