III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2023-16057)
Resolución de 28 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establece la hoja de ruta para la mejora de la atención temprana en España sobre un marco común de universalidad, responsabilidad pública, equidad, gratuidad y calidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
5.
Sec. III. Pág. 100279
Determinación de personas destinatarias de los servicios y actuaciones de Atención
Temprana
Población infantil destinataria de los servicios y actuaciones de Atención Temprana.
Prevención primaria, dirigida a:
Toda la población infantil menor de 6 años, a sus familias, a los profesionales de
sanidad, educación y servicios sociales implicados en su cuidado y a toda la sociedad en
general.
Prevención secundaria, dirigida a:
– Los niños y las niñas que presentan signos de alarma en su desarrollo.
– Los niños y las niñas que presentan una demora o dificultad en el desarrollo en
relación con su edad y condición madurativa.
– Los niños y las niñas que conviven de forma continuada con situaciones de
exclusión social, estrés o desajuste en la interacción familiar y funciones parentales, con
probabilidad de derivar en una alteración del desarrollo.
– Los niños y las niñas que precisen apoyos específicos en la crianza o se hallen en
situación de vulnerabilidad en el desarrollo según apreciación de sus propias familias, los
profesionales de los ámbitos social, sanitario o educativo. En todo caso, las familias y los
profesionales deberán atender y encauzar las expresiones en que los propios niños y
niñas manifiesten alguna necesidad de apoyo específico.
– Los niños y las niñas que se encuentran en situación de desamparo, bajo guarda y
custodia de la Administración Pública o en acogimiento familiar, cuando se requiera y
siempre en coordinación con los servicios de protección existentes.
Prevención terciaria, dirigida a:
Los niños y las niñas que presentan una alteración en el desarrollo.
Las familias.
Son la estructura principal que garantiza el proceso de desarrollo y aprendizaje de
los niños y las niñas. Hay que optimizar las interacciones que se dan en el entorno
familiar, desarrollando sus fortalezas, el empoderamiento en la toma de decisiones y el
establecimiento de una relación colaborativa entre padres y profesionales.
Las actuaciones de atención temprana deben dar respuesta a las necesidades que
cada entorno (familia y otras personas de referencia) pueda tener para poder ofrecer
oportunidades de aprendizaje diarias y significativas para el niño o la niña. Generar
competencia en la familia y los entornos donde el niño o la niña se desenvuelve pasa por
establecer una relación de igualdad y colaboración tanto con la familia como con los
distintos agentes existentes en la vida de ese niño o niña. A todo lo que se trabaja con el
niño y niña, se suma lo que se trabaja con las personas de su entorno para favorecer de
forma conjunta la mejor intervención posible, favoreciendo unas rutinas y actividades
cotidianas significativas.
Las actuaciones en atención temprana deben incidir en el entorno, comunidad,
barrio, espacios de juego y escuela, yendo dirigidas a todos los agentes e instituciones
cuya actuación pueda mejorar la calidad de vida del niño y la niña, la de sus familias y a
toda la sociedad en general.
La incidencia en el entorno de los niños y las niñas y sus familias deberá
garantizarse en las diferentes etapas de transición, con continuidad a lo largo de todo el
ciclo vital.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-16057
Verificable en https://www.boe.es
El entorno.
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
5.
Sec. III. Pág. 100279
Determinación de personas destinatarias de los servicios y actuaciones de Atención
Temprana
Población infantil destinataria de los servicios y actuaciones de Atención Temprana.
Prevención primaria, dirigida a:
Toda la población infantil menor de 6 años, a sus familias, a los profesionales de
sanidad, educación y servicios sociales implicados en su cuidado y a toda la sociedad en
general.
Prevención secundaria, dirigida a:
– Los niños y las niñas que presentan signos de alarma en su desarrollo.
– Los niños y las niñas que presentan una demora o dificultad en el desarrollo en
relación con su edad y condición madurativa.
– Los niños y las niñas que conviven de forma continuada con situaciones de
exclusión social, estrés o desajuste en la interacción familiar y funciones parentales, con
probabilidad de derivar en una alteración del desarrollo.
– Los niños y las niñas que precisen apoyos específicos en la crianza o se hallen en
situación de vulnerabilidad en el desarrollo según apreciación de sus propias familias, los
profesionales de los ámbitos social, sanitario o educativo. En todo caso, las familias y los
profesionales deberán atender y encauzar las expresiones en que los propios niños y
niñas manifiesten alguna necesidad de apoyo específico.
– Los niños y las niñas que se encuentran en situación de desamparo, bajo guarda y
custodia de la Administración Pública o en acogimiento familiar, cuando se requiera y
siempre en coordinación con los servicios de protección existentes.
Prevención terciaria, dirigida a:
Los niños y las niñas que presentan una alteración en el desarrollo.
Las familias.
Son la estructura principal que garantiza el proceso de desarrollo y aprendizaje de
los niños y las niñas. Hay que optimizar las interacciones que se dan en el entorno
familiar, desarrollando sus fortalezas, el empoderamiento en la toma de decisiones y el
establecimiento de una relación colaborativa entre padres y profesionales.
Las actuaciones de atención temprana deben dar respuesta a las necesidades que
cada entorno (familia y otras personas de referencia) pueda tener para poder ofrecer
oportunidades de aprendizaje diarias y significativas para el niño o la niña. Generar
competencia en la familia y los entornos donde el niño o la niña se desenvuelve pasa por
establecer una relación de igualdad y colaboración tanto con la familia como con los
distintos agentes existentes en la vida de ese niño o niña. A todo lo que se trabaja con el
niño y niña, se suma lo que se trabaja con las personas de su entorno para favorecer de
forma conjunta la mejor intervención posible, favoreciendo unas rutinas y actividades
cotidianas significativas.
Las actuaciones en atención temprana deben incidir en el entorno, comunidad,
barrio, espacios de juego y escuela, yendo dirigidas a todos los agentes e instituciones
cuya actuación pueda mejorar la calidad de vida del niño y la niña, la de sus familias y a
toda la sociedad en general.
La incidencia en el entorno de los niños y las niñas y sus familias deberá
garantizarse en las diferentes etapas de transición, con continuidad a lo largo de todo el
ciclo vital.
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El entorno.