V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-20723)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Disa Renovables, S.L. Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, de la instalación de la planta fotovoltaica "Rosa De La Arena", de 10,45 MW de potencia nominal, en el término municipal de Puerto del Rosario. Expediente ER190039.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de julio de 2023

Sec. V-B. Pág. 33256

clasificación de las infracciones, como la destrucción, muerte, deterioro,
recolección, captura de flora y fauna, destrucción o deterioro de hábitats de
especies protegidas;
3) hacer uso de materiales respetuosos ambientalmente, siempre que sea
posible, para realizar la construcción;
4) Se hará un cálculo de la huella de carbono de los proyectos primándose
aquellos que tengan una huella de emisiones de gases de efecto Invernadero GEI
menor. Tanto de los elementos edificatorios como en la fase de construcción;
5) Las instalaciones tendrán en cuenta los criterios de edificación sostenibles
tales como Bioclimatismo para una mayor eficiencia energética a través de la
disminución de pérdidas de calor o frio, y no usar de bolsas de plástico un solo uso
y envases de plásticos y sustituirlos por envases reutilizables y/o biodegradables
durante las fases de obras y funcionamiento.
4.3.7.- Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Lucha contra el
Cambio Climático y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.
Señala la ausencia de una planificación sectorial y territorial previa para la
implantación de energías renovables, necesaria para proteger el suelo como
recurso natural escaso en Canarias. Sobre el contenido del estudio de impacto
ambiental señala que la metodología aplicada para la realización de los inventarios
de flora y fauna carece de detalle suficiente. La presencia registrada en el Banco
de Datos de Biodiversidad de Canarias (BIOTA) de varias especies protegidas:
hubara canaria (Chlamydotis undulata fuertaventurae), el cuervo canario (Corvus
corax canariensis), el corredor (Cursorius cursor) y el alcaraván (Burhinus
oedicnemus insularum), catalogadas las dos primeras en peligro de extinción, la
tercera en la categoría vulnerable y la última en régimen de protección especial.
Además, el proyecto se encuentra a menos a 3 km de una zona de nidificación de
guirres (Neophron percnopterus majorensis) en el barranco de la Herradura, y a
menos de 1 km de diversos dormideros de la especie. Asimismo, la instalación se
encuentra cerca de algunas zonas que, si bien no tienen protección territorial, son
de interés para las aves, como son el Área Importante para las Aves (IBA) núm.
338 y el Área Prioritaria de reproducción, alimentación, dispersión y concentración
de las especies amenazadas de la avifauna de Canarias, Área 65 Vallebrón –
Montaña Escanfraga – Llanos de Guisguey – Laderas del Time las cuales albergan
especies de aves protegidas. Por tanto, considera necesario la realización de un
estudio de fauna que abarque un ciclo anual, en el cual se detalle su metodología,
la cual debe estar enmarcada entre las que habitualmente se utilizan y están
reconocidas por la bibliografía, con la finalidad de ser comparable, reproducible y
contrastable. El ámbito afectado no se localiza dentro de ninguno de los espacios
incluidos en la Red Natura 2000 ni se ha inventariado la presencia de hábitats de
interés comunitario. Se indica en el informe que el proyecto carece de medidas que
contribuyan a minimizar el consumo de suelo y agua, y por tanto, de forma directa
o indirecta, a compatibilizar la instalación de este tipo de infraestructuras con la
conservación de los hábitats naturales y señala que mientras haya disponibilidad
de infraestructuras ya existentes en el territorio, como base para la instalación de
parques solares, no es admisible agotar un recurso tan limitado y valioso en las
islas como es el suelo, que a su vez se corresponde con el hábitat de muchas
especies protegidas. Por último, considera absolutamente imprescindible tomar en
cuenta las siguientes medidas:
1) Conociendo la existencia de los efectos directos e indirectos de este tipo de

cve: BOE-B-2023-20723
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 161