V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-20723)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Disa Renovables, S.L. Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, de la instalación de la planta fotovoltaica "Rosa De La Arena", de 10,45 MW de potencia nominal, en el término municipal de Puerto del Rosario. Expediente ER190039.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de julio de 2023

Sec. V-B. Pág. 33259

que legitimen la implantación de estas infraestructuras en la isla de Fuerteventura,
debiendo en todo caso acudir a los instrumentos excepcionales previstos en la ley
para su eventual legitimación.
Según la Ley 4/2017, la instalación de la planta sería posible, siempre y
cuando cumpliese una serie de requisitos, estar integrado en una actuación de
interés público o social, que no se encuentre expresamente prohibida por el
PIOFV, que necesariamente deban situarse en suelo rústico y que no estén
prohibidos por el planeamiento.
El Cabildo insular deberá declarar la planta solar como actuación de interés
público y social.
4.3.13.- Dirección General de Infraestructura Viaria del Gobierno de Canarias:
Será necesario obtener la preceptiva autorización de las obras a la Consejería
de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias, en
aplicación, entre otros, del artículo 61 del Reglamento de Carreteras de Canarias,
para la ejecución de obras en las zonas de protección de las carreteras de carácter
regional.
4.4.- Se remiten al promotor los informes y alegaciones recibidos hasta la fecha
para que en el plazo de 10 días, preste su conformidad o formule los reparos que
estime oportunos.
4.5.- El promotor del Proyecto realiza las siguientes alegaciones en relación a
los informes y alegaciones remitidos con anterioridad:
4.5.1.- Alegaciones al informe de la Dirección General de Planificación
Territorial, Transición Ecológica y Aguas del Gobierno de Canarias (05/05/2020):
Con relación a los requisitos de planeamiento, les informamos que el 8 de
mayo de 2019 solicitamos el interés social y público ante el Ayuntamiento de
Puerto del Rosario, estando actualmente en tramitación por parte del Cabildo de
Fuerteventura.
Por último, referente a la afección del proyecto al suelo rústico de protección de
infraestructuras que mencionan, observamos que la delimitación que hacen del
proyecto sobre el PGO municipal no se corresponde con la realidad. A tal efecto,
les adjuntamos como anexo una adenda del proyecto en la que se ha reconfiguró
la planta fotovoltaica para eliminar la afección a la mencionada categoría de suelo.
Esta adenda se presentó en la consejería como respuesta a un requerimiento por
parte de la Consejería de Obras Públicas.
4.5.2.- Respuesta a las alegaciones del Consejo Insular de Aguas de
Fuerteventura (19/11/2021):
La ejecución de las zanjas planteadas, en el proyecto de la instalación, se
realizará conforme a lo descrito en el informe. Para ello, se ejecutarán a una
profundidad mínima que impida afecciones ante avenidas extraordinarias. De igual
manera, los movimientos de tierra se realizarán de manera que se respeten las
secciones de paso y pendientes longitudinales y transversales de los cauces,
manteniendo sus cursos naturales y zonas anegables.
Por otra parte, las obras planteadas respetarán en todo momento los
aprovechamientos de aguas subterráneas existentes en todo el ámbito de

cve: BOE-B-2023-20723
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Núm. 161