III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-15801)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el apoyo al emprendimiento y a la PYME innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativo: Línea Agroinnpulso, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sexta.
Sec. III. Pág. 96489
Funciones de ENISA.
a. Evaluar y, en su caso, aprobar las solicitudes de préstamos participativos.
b. Informar a la Comisión de Seguimiento regulada en la cláusula octava del
presente convenio de los préstamos participativos aprobados o denegados con cargo a
la aportación financiera del MAPA.
c. Exigir a las empresas prestatarias el cumplimiento de lo establecido en el
capítulo II, titulo II, libro I de la Ley 9/2017, 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
sobre capacidad y solvencia del empresario.
d. Llevar una contabilización individualizada de cada uno de los préstamos
apoyados por la línea de financiación Agroinnpulso.
e. Realizar el seguimiento y control de los préstamos concedidos, verificando el
cumplimiento de las condiciones establecidas tanto en el presente convenio como en el
contrato de préstamo participativo.
f. Garantizar que las inversiones realizadas con esta financiación se ajusten a la
Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»
(DOC 58 de 18 de febrero de 2021, pág. 1) de las operaciones subvencionadas en el
marco de esta medida mediante la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en
cuanto a la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU, la lista de exclusión
incluida en la cláusula quinta y la verificación del cumplimiento de la legislación
medioambiental pertinente de la UE y nacional respecto de todas las transacciones,
incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.
g. De cara a asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en materia de
etiquetado digital, verificar que los proyectos contribuyan al 100 % según la metodología
para el etiquetado digital establecida en el anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, estando enmarcados en el ámbito de
intervención n.º 10. Digitalización de PYMES.
h. Presentar a la Comisión de Seguimiento, a la fecha del vencimiento del
préstamo, el valor de la liquidación del préstamo otorgado por el MAPA para su
propuesta de aprobación por el Secretario General de Agricultura y Alimentación.
i. Elaborar y aprobar un Manual de Lucha contra el Fraude, que integre las
actuaciones previstas para la prevención, detección y persecución del fraude y el
conflicto de intereses en la gestión de la línea de financiación Agroinnpulso objeto de
este convenio.
j. Recopilar la información requerida en el mecanismo de verificación de esta
medida según establecen las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación.
k. Seguimiento y envío de la información requerida por el sistema de información
COFFEE según establecen las Ordenes HFP1030/2021, HFP1031/2021 y HFP/55/2023
del Ministerio de Hacienda y Función Pública por las que se establecen el sistema de
gestión y seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España
l. Garantizar que los destinatarios finales de la financiación de la Unión en el marco
del MRR reconozcan el origen y garanticen la visibilidad de la financiación de la Unión.
m. Cualquier otra tarea prevista en la gestión, seguimiento y control de actuaciones
integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
cve: BOE-A-2023-15801
Verificable en https://www.boe.es
1. Serán funciones de ENISA la gestión y administración del préstamo recibido del
MAPA, lo que supone, la realización a su cargo de las siguientes actividades:
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sexta.
Sec. III. Pág. 96489
Funciones de ENISA.
a. Evaluar y, en su caso, aprobar las solicitudes de préstamos participativos.
b. Informar a la Comisión de Seguimiento regulada en la cláusula octava del
presente convenio de los préstamos participativos aprobados o denegados con cargo a
la aportación financiera del MAPA.
c. Exigir a las empresas prestatarias el cumplimiento de lo establecido en el
capítulo II, titulo II, libro I de la Ley 9/2017, 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
sobre capacidad y solvencia del empresario.
d. Llevar una contabilización individualizada de cada uno de los préstamos
apoyados por la línea de financiación Agroinnpulso.
e. Realizar el seguimiento y control de los préstamos concedidos, verificando el
cumplimiento de las condiciones establecidas tanto en el presente convenio como en el
contrato de préstamo participativo.
f. Garantizar que las inversiones realizadas con esta financiación se ajusten a la
Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»
(DOC 58 de 18 de febrero de 2021, pág. 1) de las operaciones subvencionadas en el
marco de esta medida mediante la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en
cuanto a la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU, la lista de exclusión
incluida en la cláusula quinta y la verificación del cumplimiento de la legislación
medioambiental pertinente de la UE y nacional respecto de todas las transacciones,
incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.
g. De cara a asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en materia de
etiquetado digital, verificar que los proyectos contribuyan al 100 % según la metodología
para el etiquetado digital establecida en el anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, estando enmarcados en el ámbito de
intervención n.º 10. Digitalización de PYMES.
h. Presentar a la Comisión de Seguimiento, a la fecha del vencimiento del
préstamo, el valor de la liquidación del préstamo otorgado por el MAPA para su
propuesta de aprobación por el Secretario General de Agricultura y Alimentación.
i. Elaborar y aprobar un Manual de Lucha contra el Fraude, que integre las
actuaciones previstas para la prevención, detección y persecución del fraude y el
conflicto de intereses en la gestión de la línea de financiación Agroinnpulso objeto de
este convenio.
j. Recopilar la información requerida en el mecanismo de verificación de esta
medida según establecen las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación.
k. Seguimiento y envío de la información requerida por el sistema de información
COFFEE según establecen las Ordenes HFP1030/2021, HFP1031/2021 y HFP/55/2023
del Ministerio de Hacienda y Función Pública por las que se establecen el sistema de
gestión y seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España
l. Garantizar que los destinatarios finales de la financiación de la Unión en el marco
del MRR reconozcan el origen y garanticen la visibilidad de la financiación de la Unión.
m. Cualquier otra tarea prevista en la gestión, seguimiento y control de actuaciones
integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
cve: BOE-A-2023-15801
Verificable en https://www.boe.es
1. Serán funciones de ENISA la gestión y administración del préstamo recibido del
MAPA, lo que supone, la realización a su cargo de las siguientes actividades: