III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-15794)
Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Viernes 7 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 96350

que se otorguen al amparo de esta orden se regirán por su normativa específica, y, en su
defecto, por las prescripciones de la citada Ley que resulten adecuadas a la naturaleza
de estas operaciones.
4. Las ayudas concedidas a proyectos incluidos en la sección A de baterías del
vehículo eléctrico, respetarán lo establecido en la Comunicación de la Comisión Marco
Temporal de Crisis y Transición relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a
respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia
(2023/C 101/03) (en adelante, «Marco Temporal de Crisis y Transición»), aprobada el 9
de marzo de 2023, y en particular en lo establecido en el punto 85) de la sección 2.8
Ayudas para la aceleración de las inversiones en sectores estratégicos para la transición
hacia una economía de cero emisiones netas y la Decisión de la Comisión respecto al
régimen notificado: «Decisión SA.107094 (2023/N) Línea de acción integrada en la
cadena de valor industrial-Baterías».
5. Las ayudas concedidas a proyectos incluidos en la sección B del vehículo
eléctrico, respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
6. Será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban
someterse a dicha ley.
Artículo 3.

Financiación por el PRTR.

1. Estas ayudas se financiarán, en su componente de subvención, con créditos
vinculados al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el MRR, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 7 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los
Presupuestos Generales del Estado para 2023, y en el artículo 37 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su componente de préstamo, se financiarán con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado. Las aplicaciones presupuestarias, así como el presupuesto
máximo de las ayudas a conceder se determinarán en las correspondientes
convocatorias.
2. Las ayudas objeto de esta orden que, conforme a sus correspondientes
convocatorias, se financien en el ámbito del PRTR, se enmarcan en la inversión 2,
«Programa de impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial» del
componente 12, contribuyendo al cumplimiento de los hitos y objetivos que se asocien a
la misma en el PRTR. En particular podrán contribuir a los objetivos 184 (proyectos
innovadores para la transformación de la industria en términos de eficiencia energética,
sostenibilidad y digitalización) y 185 (proyectos innovadores para la transformación de la
industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y digitalización).

El ámbito geográfico de las actividades objeto de ayuda será la totalidad del territorio
nacional.
No obstante lo anterior, los proyectos de la sección B del vehículo eléctrico y
conectado incluidos en la subsección B.3 «Línea de ayudas regionales a la inversión»
del artículo 11 de esta orden, deberán localizarse en zonas geográficas susceptibles de
ayuda regional de acuerdo con las letras a) o c) del artículo 107.3 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, y según el Mapa de Ayudas
Regionales 2022-2027 para España.

cve: BOE-A-2023-15794
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4. Ámbito geográfico.