III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-15794)
Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Viernes 7 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 96364

10. En las convocatorias de estas ayudas que se financien con créditos vinculados
al MRR, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, y en el artículo 37
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación correspondiente a
estas ayudas estará vinculada al cumplimiento de los objetivos previstos en el PRTR, así
como a la estimación de costes vinculada al mismo.
Según determina el artículo 7 quinta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, las
propuestas de gasto a financiar con los créditos dotados en el servicio 50 deberán
incorporar una memoria específica que cuantifique y justifique las estimaciones de gasto
para cada actividad y en qué medida contribuyen al cumplimiento de los objetivos
recogidos en el plan estratégico aprobado.
Artículo 13.

Plazo de realización de las actuaciones.

Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la
presentación de la solicitud y podrá extenderse, o bien hasta cuarenta meses contados
desde la fecha de resolución de la concesión; o bien hasta sesenta meses desde la

cve: BOE-A-2023-15794
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años para el resto de bienes. En el caso de bienes inscribibles en un registro público,
deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la
ayuda concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el registro
público correspondiente. Además, en el caso de proyectos de la línea de inversión
regional, las inversiones deberán mantenerse en la zona beneficiaria al menos durante
cinco años, o al menos durante tres años en el caso de las PYME.
i) En ningún caso serán financiables los gastos financieros derivados del pago
aplazado de inversiones o de otros motivos, las inversiones en terrenos, gastos de
despliegue de infraestructuras para prestación de servicios, gastos de promoción y
difusión del proyecto.
j) Respecto a las subcontrataciones entendidas en los términos que define el
artículo 29.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deberá seguirse lo establecido en
la citada Ley. Además, en caso de que la entidad beneficiaria de la ayuda subcontrate
una parte de la actividad objeto de esta subvención, habrá de prever los mecanismos
para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio de «no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente».
k) Los costes relativos al arrendamiento de activos materiales solo podrán tenerse
en cuenta en el caso de aparatos y equipos de producción si el arrendamiento financiero
incluye la obligación de que la entidad beneficiaria de la ayuda adquiera el activo al
término del contrato de dicho arrendamiento.
l) Para garantizar el cumplimiento del principio DNSH para los gastos financiables
en las categorías de Obra civil y Edificación e instalaciones, el plan de inversiones
apoyará el objetivo europeo de garantizar que al menos el 70 % (en peso) de los
residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo el material natural
mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la
Decisión 2000/532/EC) generados en el sitio de construcción está preparado para su
reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de
relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de
residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
Los operadores limitarán la generación de residuos en procesos relacionados con la
construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de
construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y el reciclaje de
alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando la clasificación
disponible sistemas para residuos de construcción y demolición, de acuerdo con el
Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión, de 4 de junio de 2021.