III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-15727)
Resolución de 27 de junio de 2023, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con el Organismo Internacional de Juventud para Iberoamérica, por el que se canaliza la subvención nominativa, establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para sus gastos de funcionamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Jueves 6 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 96000

Europea, o de organismos internacionales, deberá acreditarse en la justificación el
importe, la procedencia y la aplicación de tales fondos a los gastos subvencionados.
En el caso de que existan remanentes no aplicados a la subvención, la devolución
de los mismos sin el previo requerimiento de la Administración por parte del
beneficiario, se realizará en la cuenta corriente del INJUVE, cuyos datos son los
siguientes: IBAN: ES34 9000 0001 2002 0000 7182, Banco de España, calle Alcalá, 50
de Madrid. Una vez efectuado el ingreso del remanente, deberá acreditarlo ante la
Subdirección General de Cooperación Interior y Exterior del INJUVE.
Una vez efectuado el ingreso del remanente, deberá incluir la carta de pago en la
documentación justificativa, según establece el artículo 72.g) del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
En este caso, si procede, la Administración calculará los intereses de demora de
acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y hasta
el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario.
Asimismo, en caso de encontrarse entre las entidades obligadas por la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el
OIJ deberá dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos y
condiciones establecidos en dicha ley, según lo dispuesto en el artículo 18 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Del mismo modo, el OIJ deberá acreditar, mediante declaración responsable que
cumpla los requisitos del artículo 69.1 de la Ley 39/2015, encontrarse al corriente de
pago de sus obligaciones tributarias, del pago de las obligaciones con la Seguridad
Social y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refieren los
apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones para obtener la condición de beneficiario de la subvención.
Gastos subvencionables.

Con el fin de dar cumplimiento al artículo 2.2 del Convenio Sede, las actuaciones irán
destinadas al mantenimiento de la sede del citado organismo y a atender sus gastos de
administración, mantenimiento, funcionamiento y personal ejecutado durante 2023,
siempre que se trate de gastos que de manera indubitada respondan a dichos fines y
resulten estrictamente necesarios. En ningún caso el coste de estos gastos podrá ser
superior al valor de mercado.
Los gastos corrientes para asegurar el funcionamiento del OIJ incluyen la
financiación de los gastos corrientes, derivados de los locales en los que se ubiquen las
estructuras del OIJ y comprende los siguientes: arrendamiento de bienes inmuebles y
bienes muebles (equipos informáticos, fotocopiadoras o similares); pequeñas
reparaciones, mantenimiento y conservación que no tengan el concepto de
inventariables por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos bienes; gastos
de suministros (energía, agua, gas, y combustibles); material de oficina; primas de
seguros, y gastos de comunicación.
Asimismo el funcionamiento incluye los gastos derivados de las actividades
necesarias para la realización de las funciones OIJ y comprenden, entre otros: gastos de
representación, gastos derivados de la planificación, elaboración de estudios,
información, orientación, coordinación y asesoramiento dirigidos a sus entidades
asociadas; gastos de implantación de sistemas de evaluación y de control de calidad;
gastos originados por la pertenencia a organizaciones nacionales o internacionales,
cuotas de organismos nacionales e internacionales relacionados con el sector; gastos de
manutención, alojamiento y transporte de personas participantes en actividades del OIJ,
gastos de edición de publicaciones, folletos y carteles así como aquellos derivados de
actividades de sensibilización social, gastos derivados de la ejecución del Plan de
Formación del OIJ, gastos de personal, por jornada real de trabajo para los
correspondientes grupos profesionales; incluidos los gastos de contratación de los
miembros de la comisión permanente en calidad de personal de alta dirección, gastos

cve: BOE-A-2023-15727
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Séptima.