III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-15730)
Orden UNI/733/2023, de 21 de junio, por la que se modifica la Orden UNI/1504/2021, de 28 de diciembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Jueves 6 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 96024

realización temporal de tareas de elaboración, gestión, seguimiento y evaluación
de programas o actuaciones de investigación, así como por la evaluación de otras
actuaciones de política científica y tecnológica propias del Ministerio de
Universidades.
n) La designación de personas expertas, paneles de expertos y
colaboradores para asistencias, por la realización temporal de tareas de
elaboración, gestión, seguimiento y evaluación de programas o actuaciones, por
participación en comisiones de valoración de los programas y actividades o por el
estudio y/o la evaluación de otras actuaciones de políticas propias del Ministerio
de Universidades.»
Tres.

Se modifica el apartado quinto, que queda redactado del siguiente modo:

«Quinto. Gabinete Técnico, Subdirecciones Generales y asimilados de la
Secretaría General de Universidades y Colegio de España en París.
1. Se delega por la persona titular del Ministerio, en las personas titulares del
Gabinete Técnico, de las Subdirecciones Generales y asimilados de la Secretaría
General de Universidades y en la persona que ejerza la dirección del Colegio de
España en París, en su ámbito respectivo, las siguientes competencias:
a) Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona
titular del Ministerio como órgano de contratación, dentro de su respectivo ámbito
de competencia, para los contratos menores regulados en el artículo 118 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, incluida la aprobación y el compromiso del gasto,
así como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago.
b) En materia de anticipos de caja fija y pagos a justificar: la aprobación del
gasto y la orden de pago material al Cajero Pagador, en los términos de las
respectivas órdenes ministeriales en esta materia
2. Se autoriza la delegación de la persona titular de la Subsecretaría en las
personas titulares del Gabinete Técnico, de las Subdirecciones Generales de la
Secretaría General de Universidades y en la persona que ejerza la dirección del
Colegio de España en París, de la competencia para designar las comisiones de
servicio con derecho a indemnización respecto al personal de su unidad y al
personal no dependiente del Ministerio que deba participar en programas o
actividades de su Gabinete o Subdirección.»
Cuatro. Se modifica el punto 1, letra a) número i. del apartado séptimo, que queda
redactado del siguiente modo:
«i. Las que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Ministerio
como órgano de contratación, salvo para los contratos menores regulados en el
artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
en su ámbito competencial.»

«d) Las que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del
Ministerio como órgano de contratación para los contratos menores regulados en
el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.»
Seis. Se modifica el punto 1 del apartado noveno, que queda redactado del
siguiente modo:
«1. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular del
Gabinete Técnico de la Subsecretaría, en su ámbito respectivo, las competencias

cve: BOE-A-2023-15730
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Cinco. Se modifica el punto 1, letra d) del apartado octavo, que queda redactado
del siguiente modo: