III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2023-15632)
Orden TMA/729/2023, de 22 de junio, por la que se aprueba la valoración de terrenos y lámina de agua de la zona de servicio de los puertos de Las Palmas, Salinetas y Arinaga, y de los terrenos adscritos a la señalización marítima de la Isla de Gran Canaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Miércoles 5 de julio de 2023
Área 7.

Sec. III. Pág. 93745

Terminales de contenedores y polivalente.

Esta área funcional está formada por las explanadas anexas a los muelles de Gran
Canaria, Virgen del Pino, Elder, Cambulloneros, Cristóbal Colón, León y Castillo y la
zona de maniobra del muelle Benito Pérez Galdós, consistente en una franja de terreno
de 16 metros de anchura. Limita por el norte con la Explanada Tomás Quevedo, no
incluida, la avenida de las Petrolíferas, no incluida, y la calle Unión Castle Line, no
incluida. Por el este, el límite del área lo define la prolongación hacia el sur de la calle
Yeoward Line hasta su intersección con la lámina de agua y también la propia lámina de
agua de la Dársena Exterior.
Área 8.

Zona de depósitos de combustibles.

Área dedicada a las instalaciones para el almacenamiento y avituallamiento de
combustible a buques y todo tipo de graneles líquidos (Gas-oil y Fuel-oil), situada al
norte del Muelle Benito Pérez Galdós colindando con su zona de maniobra que no se
encuentra incluida en el ámbito. Limita por el norte con límite de la zona de servicio del
puerto coincidente con el cierre perimetral, junto a la calle Doctor Juan Domínguez Pérez
excluida de la zona de servicio, y al oeste con el vial de acceso al puerto por Belén María
incluida en este ámbito. Por el este limita con la calle El Guinchete y la avenida de Las
Petrolíferas hasta la Rotonda Mr. Jolly, incluida en el área.
Área 9.

Zona polivalente.

Engloba los terrenos correspondientes con el muelle Grande y la explanada al Norte
de éste, además del pantalán de Cory o Fransary. El área limita al norte con el cierre
perimetral de la Zona de Servicio del Puerto a lo largo de la autovía GC 1, Juan
Rodríguez Doreste en el tramo desde la prolongación de la calle Dr. Antonio Jorge
Aguiar hacia el sur, hasta la intersección con una prolongación hacia el sur de la calle
Dr. José Guerra Navarro. Por el este limita con el borde oeste del vial que une las plazas
de Belén María y Juan Bordes Claverie y continúa por el cantil del muelle Grande
naciente, tras hacer un quiebro hacia el muelle Benito Pérez Galdós coincidiendo con la
alineación marcada por la fachada sur del edificio de la Autoridad Portuaria.
Por el sur limita con la lámina de agua situada entre los muelles Grande y Pesquero
y por el contorno del pantalán del Cory. Por el oeste el límite está definido por una
poligonal formada por tres alineaciones: una primera definida por la fachada oeste del
número 1 de la avenida de los Consignatarios, una segunda coincidente con el límite sur
de la avenida de los Consignatarios y una tercera alineación definida por la prolongación
imaginaria del muelle pesquero naciente, desde el borde sur de la avenida de los
Consignatarios hasta llegar a la intersección con el cantil del muelle de Ribera Poniente.
Entorno de los Muelles Pesquero y Refugio.

Superficie compuesta por los muelles Pesquero, Refugio y Sanapú, así como por la
superficie situada al norte del muelle de Refugio, hasta el límite de la zona de servicio del
Puerto con la autovía GC1 Juan Rodríguez Doreste. El límite este del área lo define una
poligonal formada por tres alineaciones, una primera definida por la fachada oeste del
número 1 de la avenida de los Consignatarios, una segunda coincidente con el límite sur
de la avenida de los Consignatarios y una tercera alineación definida por el muelle
pesquero naciente. En cuanto a sus límite oeste y noroeste, vienen definidos por la línea
recta de orientación norte-sur que transcurre por la alineación que define el frente este
del aparcamiento Sanapú y del Acuario Poema del Mar.
Área 11.

Entorno del Muelle de Sanapú.

Bolsa de terreno situada entre la línea recta de orientación norte-sur que transcurre
por la alineación que define el frente este del aparcamiento Sanapú y del Acuario Poema
del Mar, hasta su intersección con el vial del muelle Wilson, por su borde sur. Por el

cve: BOE-A-2023-15632
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Área 10.