I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Patrimonio bibliográfico. (BOE-A-2023-15469)
Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 92862

Régimen Jurídico del Sector Público, armonice las distintas competencias desde el
respeto a las mismas, trabajando según los principios de coordinación, racionalización y
eficiencia en la gestión pública.
II
Esta Ley recoge el valor insustituible de la lectura como elemento básico de
desarrollo de la personalidad e instrumento de socialización. La inquietud social por la
lectura ha contribuido a concienciar sobre su importancia como competencia transversal.
No se trata solo de reforzar los hábitos lectores en la escuela y en el hogar, sino de crear
lectores habituales y con sentido crítico.
El texto concibe el fomento de la lectura desde una perspectiva integradora, que se
dirige y al mismo tiempo involucra a toda la sociedad. Tienen las bibliotecas públicas una
misión tradicional y preferente en este ámbito, propiciando el tiempo, el espacio y la
situación para la lectura.
La lectura es el principal vehículo de transmisión cultural y científica de la civilización
occidental. Así pues, esta Ley pretende salvaguardar los valores culturales, científicos,
históricos y artísticos de la cultura que Madrid y España han aportado a través del libro al
conocimiento y a la cultura universales. Y así fomentar la lectura en todos los ámbitos de
la vida: la familia, la escuela, las bibliotecas y demás espacios sociales de los municipios
y barrios de nuestra región.
Como se ha dicho, la Comunidad de Madrid viene ocupando, y así lo revela el
Estudio de Hábitos de lectura y compra de libros en la Comunidad de Madrid 2020, la
primera posición en cuanto a lectura, consolidándose como la región más lectora de
España, con niveles muy homogéneos territorialmente. Esta Ley pretende continuar con
las políticas que han favorecido estos datos y aprovechar y afianzar el hábito lector que
muchos madrileños han incorporado a sus vidas, promoviendo su extensión a través de
los planes de actuación, campañas de sensibilización en los medios de comunicación y
las redes sociales; contando con las asociaciones de profesionales y gremios de editores
y libreros como aliados.
El apoyo al libro por parte de los poderes públicos, como expresión cultural, pasa por
el reconocimiento de la labor de sus protagonistas, de los creadores en sentido amplio y
de todos los integrantes en la cadena del libro, con especial consideración a los libreros
como agentes culturales de primer orden, considerando la existencia de un tejido de
librerías locales un derecho del ciudadano madrileño, como lo son otros servicios de
proximidad.
La cadena de valor del libro está integrada por el conjunto de agentes
interdependientes que aportan valor desde su creación hasta su lectura, tanto los que
tienen una labor intelectual como material.
De este modo, se prevén acciones para garantizar la modernización, la pluralidad y
la diversidad cultural de la industria editorial madrileña, así como el apoyo a la excelencia
de su edición. Como primera industria cultural de la región, se contemplan medidas de
fomento para su expansión internacional y para el descubrimiento de nuevos modelos de
negocio del libro.
Como garantía de pluralidad en su comercialización, esta Ley, siguiendo lo
establecido por la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y las bibliotecas,
apuesta por el sistema de precio fijo de los libros. Asimismo, promueve la calidad en
librerías; las medidas de modernización; la compra institucional en librerías de la región,
respetando la legislación contractual; y las condiciones competitivas en la venta del libro
para el comercio minorista.
La Comunidad de Madrid tiene como prioridad la defensa de los agentes del sector
del libro, con el fin de promover el progreso de la región e impulsar la cultura para
beneficio de todos sus ciudadanos. Las librerías junto con los autores, las editoriales y
las bibliotecas son los principales agentes de la difusión cultural que supone el acceso a
la lectura.

cve: BOE-A-2023-15469
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 158