I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Patrimonio bibliográfico. (BOE-A-2023-15469)
Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Martes 4 de julio de 2023
Artículo 48.
Sec. I. Pág. 92883
Colaboración ciudadana y acción pública.
1. Las personas que tengan conocimiento de riesgos de destrucción, deterioro o
pérdida de un bien del patrimonio bibliográfico madrileño deberán ponerlo en
conocimiento del órgano competente de la Comunidad de Madrid o del Ayuntamiento
correspondiente al lugar en que se sitúa el bien, que arbitrará las medidas oportunas
para garantizar su conservación.
2. Cualquier persona está legitimada para actuar en defensa del patrimonio cultural,
pudiendo ejercer tanto en vía administrativa como en vía judicial las acciones oportunas
para exigir de las Administraciones Públicas el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.
CAPÍTULO III
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Madrileño
Artículo 49.
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
1. La Consejería competente en materia de bibliotecas, en colaboración con las
demás Administraciones Públicas, promoverá la elaboración del Catálogo Colectivo del
Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid. La Biblioteca Regional de Madrid es
la institución responsable de la elaboración y gestión del mismo.
2. El Catálogo Colectivo tiene como objetivo el inventario y la descripción del
patrimonio bibliográfico depositado en las bibliotecas de la Comunidad de Madrid, ya
sean de titularidad pública o privada.
3. El Catálogo Colectivo del patrimonio bibliográfico madrileño incluye monografías,
prensa y revistas, manuscritos y grupos bibliográfico-documentales, partituras impresas y
manuscritas, mapas impresos y manuscritos, material gráfico, grabaciones sonoras, o
cualquier otro material que pudiera considerarse oportuno.
Asimismo, se incluirán los registros de fondos pertenecientes al patrimonio
bibliográfico, que deberán quedar suficientemente identificados.
4. El Catálogo Colectivo se configura como un proyecto en elaboración y proceso
de continua ampliación y depuración. Su desarrollo está vinculado a la realización del
Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
5. A los efectos de la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico Madrileño, la Consejería competente en materia de bibliotecas podrá
recabar de los titulares de derechos sobre los bienes integrantes del patrimonio
bibliográfico el examen de los mismos, así como las informaciones pertinentes para su
inclusión, si procede, en dicho catálogo.
Artículo 50.
Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
CAPÍTULO IV
Medidas de fomento
Artículo 51.
Medidas de fomento para la conservación y difusión.
1. La Consejería competente en la materia de Patrimonio bibliográfico promoverá
medidas de ayuda económica destinadas a los titulares de bienes integrantes del
cve: BOE-A-2023-15469
Verificable en https://www.boe.es
1. El Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño tendrá como objetivo la
identificación y localización de colecciones públicas y privadas de patrimonio bibliográfico
madrileño de carácter histórico, en especial las colecciones desplazadas o
desmanteladas, y su control.
2. La Biblioteca Regional de Madrid será responsable de su elaboración y gestión,
con la necesaria colaboración de los titulares de los fondos, tanto públicos como
privados, que están obligados a facilitar el acceso y la información necesaria.
Núm. 158
Martes 4 de julio de 2023
Artículo 48.
Sec. I. Pág. 92883
Colaboración ciudadana y acción pública.
1. Las personas que tengan conocimiento de riesgos de destrucción, deterioro o
pérdida de un bien del patrimonio bibliográfico madrileño deberán ponerlo en
conocimiento del órgano competente de la Comunidad de Madrid o del Ayuntamiento
correspondiente al lugar en que se sitúa el bien, que arbitrará las medidas oportunas
para garantizar su conservación.
2. Cualquier persona está legitimada para actuar en defensa del patrimonio cultural,
pudiendo ejercer tanto en vía administrativa como en vía judicial las acciones oportunas
para exigir de las Administraciones Públicas el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.
CAPÍTULO III
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Madrileño
Artículo 49.
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
1. La Consejería competente en materia de bibliotecas, en colaboración con las
demás Administraciones Públicas, promoverá la elaboración del Catálogo Colectivo del
Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid. La Biblioteca Regional de Madrid es
la institución responsable de la elaboración y gestión del mismo.
2. El Catálogo Colectivo tiene como objetivo el inventario y la descripción del
patrimonio bibliográfico depositado en las bibliotecas de la Comunidad de Madrid, ya
sean de titularidad pública o privada.
3. El Catálogo Colectivo del patrimonio bibliográfico madrileño incluye monografías,
prensa y revistas, manuscritos y grupos bibliográfico-documentales, partituras impresas y
manuscritas, mapas impresos y manuscritos, material gráfico, grabaciones sonoras, o
cualquier otro material que pudiera considerarse oportuno.
Asimismo, se incluirán los registros de fondos pertenecientes al patrimonio
bibliográfico, que deberán quedar suficientemente identificados.
4. El Catálogo Colectivo se configura como un proyecto en elaboración y proceso
de continua ampliación y depuración. Su desarrollo está vinculado a la realización del
Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
5. A los efectos de la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico Madrileño, la Consejería competente en materia de bibliotecas podrá
recabar de los titulares de derechos sobre los bienes integrantes del patrimonio
bibliográfico el examen de los mismos, así como las informaciones pertinentes para su
inclusión, si procede, en dicho catálogo.
Artículo 50.
Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
CAPÍTULO IV
Medidas de fomento
Artículo 51.
Medidas de fomento para la conservación y difusión.
1. La Consejería competente en la materia de Patrimonio bibliográfico promoverá
medidas de ayuda económica destinadas a los titulares de bienes integrantes del
cve: BOE-A-2023-15469
Verificable en https://www.boe.es
1. El Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño tendrá como objetivo la
identificación y localización de colecciones públicas y privadas de patrimonio bibliográfico
madrileño de carácter histórico, en especial las colecciones desplazadas o
desmanteladas, y su control.
2. La Biblioteca Regional de Madrid será responsable de su elaboración y gestión,
con la necesaria colaboración de los titulares de los fondos, tanto públicos como
privados, que están obligados a facilitar el acceso y la información necesaria.