I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Patrimonio bibliográfico. (BOE-A-2023-15469)
Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Martes 4 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 92869

2. La Comunidad de Madrid convocará ayudas para potenciar las iniciativas que
surjan en el ámbito institucional, privado o asociativo, para el fomento de la lectura, con
especial atención a las propuestas por las bibliotecas integrantes del Sistema de Lectura
Pública de la Comunidad de Madrid y las que tengan como destino los pequeños
municipios de la región.
3. La Comunidad de Madrid participará y colaborará en las iniciativas culturales
promovidas por Ayuntamientos o asociaciones locales para el fomento de la lectura y la
creación literaria, impulsando su presencia en los festivales literarios, certámenes
culturales, ferias de promoción del libro, etc., convocados en la Comunidad de Madrid.
4. La Comunidad de Madrid establecerá una línea de ayudas para la realización de
actividades de fomento de la lectura y promoción de las letras madrileñas llevadas a
cabo por entidades privadas que se celebren preferentemente en centros de lectura y
educativos, desarrollados por fundaciones, asociaciones y organizaciones no
pertenecientes al sector público.
5. La Comunidad de Madrid promoverá campañas institucionales informativas
sobre las consecuencias que tiene la vulneración de los derechos de propiedad
intelectual, con el objetivo de concienciar a la población madrileña sobre la salvaguarda
de nuestro patrimonio y la defensa de los distintos integrantes que forman la labor
creativa de la cadena del libro: autores, editores, ilustradores.
TÍTULO II
La cadena de valor del libro
Artículo 11. Sobre la cadena de valor del libro.
1. En consideración a los valores culturales que el libro representa, la Comunidad
de Madrid promoverá acciones de apoyo a todos los estamentos relacionados con el
mismo, desde los creadores hasta los lectores, para garantizar la pluralidad y potenciar
la diversidad cultural.
En atención al peso económico que el libro representa, la Comunidad de Madrid
impulsará mecanismos para su modernización, así como para su promoción y proyección
internacional.
2. La Comunidad de Madrid promoverá los procesos de modernización que sean
necesarios y la adaptación al nuevo escenario digital.
Asimismo, se impulsará el aprendizaje permanente de los profesionales del sector
para afrontar cualquier reto y mejorar su labor.

1. La Comunidad de Madrid, a través de la dirección general competente en
materia del libro y la lectura, realizará, al menos bienalmente, un análisis sobre el sector
del libro y los hábitos de lectura, cuyo informe de resultados se hará público de forma
inmediata tras su finalización.
2. Esta evaluación, junto con otros estudios particulares sobre la situación de los
distintos componentes de la cadena del libro en la Comunidad de Madrid, los estudios e
informes internos y demás elementos de análisis, proporcionarán un diagnóstico del
sector del libro, una imagen actualizada y real de los hábitos de lectura de los
madrileños, anticipando tendencias, y serán la base para futuras actuaciones.
Artículo 13.

Renovación tecnológica y modernización del sector.

Con el fin de promover la actualización del sector, la Comunidad de Madrid podrá
destinar subvenciones, ayudas reintegrables y otras medidas de apoyo a los proyectos

cve: BOE-A-2023-15469
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 12. Análisis del sector del libro y los hábitos de lectura en la Comunidad de
Madrid.