I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Archivos. (BOE-A-2023-15468)
Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Martes 4 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 92806

considerados objeto de expurgo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del
Real Decreto 937/2003, de 18 de julio.
d) Aprobar las Tablas de Valoración de las series documentales judiciales, que
determinarán, en todo caso, los plazos de transferencia a los distintos archivos del
Subsistema de Archivos de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, su
régimen de acceso y su conservación permanente o eliminación total o parcial
atendiendo a su valor administrativo, fiscal, contable, jurídico, informativo o histórico.
e) Publicar las relaciones de expedientes judiciales, cuya eliminación se haya
aprobado, en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», y una referencia de estas
relaciones en un diario de los de mayor difusión en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, al objeto de que, en el plazo de dos meses, puedan los interesados recuperar
aquellos documentos en su día aportados por ellos al proceso.
f) Acordar, conforme a las Tablas de Valoración aprobadas, la transferencia al
Archivo Histórico Provincial de Madrid de los expedientes judiciales que deban ser
conservados permanentemente por su valor histórico–cultural, jurídico o procesal, o bien
la eliminación de los que no deban ser preservados. La eliminación se llevará a cabo
mediante enajenación o destrucción.
g) Informar y dar traslado de un certificado acreditativo a los archivos judiciales de
gestión y al Archivo Judicial Territorial de la Comunidad de Madrid sobre las decisiones y
acuerdos adoptados para que tengan constancia documentada del destino definitivo de
los expedientes judiciales.
h) Estudiar las cuestiones relativas a la custodia de los documentos judiciales
electrónicos y, en general, elevar propuestas a la Consejería competente en materia de
Justicia para una mejor administración de los archivos judiciales de gestión y del Archivo
Judicial Territorial de la Comunidad de Madrid.
i) Conocer e informar las medidas, los programas y las aplicaciones informáticas
que den soporte a la gestión de los archivos judiciales de gestión y al Archivo Judicial
Territorial de la Comunidad de Madrid, así como aquellas otras para la reconversión de
los documentos judiciales en soporte convencional a soporte electrónico.
j) Cualesquiera otras funciones que se determinen reglamentariamente.
4. La Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunidad de Madrid
solicitará de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de
Madrid, a los efectos de lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto 937/2003, de 18
de julio, la elaboración del informe que declare la conservación de los documentos
judiciales por razón de su valor histórico-cultural.
CAPÍTULO IV
De los Archivos y de los Subsistemas de Archivos que conforman el Sistema de
Archivos de la Comunidad de Madrid
Sección 1.a Del Archivo o Subsistema de Archivos de la Asamblea de Madrid y del
Archivo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
Archivo o Sistema de Archivos de la Asamblea de Madrid.

1. Corresponde a la Asamblea de Madrid, de acuerdo con sus fines, funciones y
necesidades específicas, la organización y regulación de su Archivo o Subsistema de
Archivos; en particular, de su sistema archivístico, sus normas técnicas, su gestión
documental integral y su sistema electrónico de gestión documental integral, el régimen
de acceso a sus documentos, la promoción y difusión de su Archivo y sus documentos
en el Portal web corporativo y, en su caso, en el Portal de Transparencia de la Cámara.
En materia de infracciones y sanciones administrativas la presente ley podrá aplicarse al
ámbito de la Asamblea por remisión expresa de la normativa interna en materia de

cve: BOE-A-2023-15468
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 27.