I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-15276)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el procedimiento de operación del sistema eléctrico 14.12 "Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Sábado 1 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 91718
componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor que se determinan en el
real decreto, y publicará en su página web el día anterior al del suministro para cada una
de las 24 horas del día siguiente, la información de acuerdo con lo establecido en el
anexo I del mismo.
Por su parte, el anexo I recoge en su apartado primero la información a publicar por
el operador del sistema para el cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor
y en su apartado segundo prevé que por resolución de la persona titular de la Secretaría
de Estado de Energía se determinarán los siguientes aspectos:
– La hora de publicación de los valores de los componentes necesarios para el
cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor que deben publicarse el día
anterior al del suministro, para cada una de las 24 horas del día.
– El método de estimación de los componentes de los términos Pmh (precio medio
horario), SAh (servicios de ajuste en la hora h) y OCh (otros costes asociados al
suministro).
– Cualquier otro aspecto necesario para la estimación de los componentes del precio
voluntario para el pequeño consumidor.
En este sentido, Red Eléctrica de España, SA, como operador del sistema, remitió
con fecha 20 de junio de 2023 la propuesta de modificación del procedimiento de
operación denominado «Estimación de los componentes del precio voluntario para el
pequeño consumidor».
Vistas las alegaciones formuladas en el trámite de audiencia realizado a través de la
página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se han
tomado en consideración aquellas procedentes, si bien, con carácter general, las
alegaciones recibidas exceden del ámbito de aplicación de esta resolución.
Visto el Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, y la propuesta realizada por el
operador del sistema de modificación del procedimiento de operación «Estimación de los
componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor»,
Esta Secretaría de Estado resuelve:
Primero.
Aprobar el procedimiento para la operación del sistema eléctrico P.O. 14.12
«Estimación de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor»,
cuyo texto se inserta en el anexo I.
Segundo.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de junio de 2023.–La Secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen
Muñoz.
P.O. 14.12 «Estimación del coste de los componentes del precio voluntario
para el pequeño consumidor»
1.
Objeto
El objeto de este procedimiento es establecer el método de estimación del coste de
aquellos componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) que no
se conocen en el momento en que el operador del sistema debe publicarlos el día
anterior al del suministro para las veinticuatro horas del día siguiente, así como el
método de estimación del volumen de aprovisionamiento por parte de todas las
comercializadoras de referencia de productos a plazo.
cve: BOE-A-2023-15276
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I
Núm. 156
Sábado 1 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 91718
componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor que se determinan en el
real decreto, y publicará en su página web el día anterior al del suministro para cada una
de las 24 horas del día siguiente, la información de acuerdo con lo establecido en el
anexo I del mismo.
Por su parte, el anexo I recoge en su apartado primero la información a publicar por
el operador del sistema para el cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor
y en su apartado segundo prevé que por resolución de la persona titular de la Secretaría
de Estado de Energía se determinarán los siguientes aspectos:
– La hora de publicación de los valores de los componentes necesarios para el
cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor que deben publicarse el día
anterior al del suministro, para cada una de las 24 horas del día.
– El método de estimación de los componentes de los términos Pmh (precio medio
horario), SAh (servicios de ajuste en la hora h) y OCh (otros costes asociados al
suministro).
– Cualquier otro aspecto necesario para la estimación de los componentes del precio
voluntario para el pequeño consumidor.
En este sentido, Red Eléctrica de España, SA, como operador del sistema, remitió
con fecha 20 de junio de 2023 la propuesta de modificación del procedimiento de
operación denominado «Estimación de los componentes del precio voluntario para el
pequeño consumidor».
Vistas las alegaciones formuladas en el trámite de audiencia realizado a través de la
página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se han
tomado en consideración aquellas procedentes, si bien, con carácter general, las
alegaciones recibidas exceden del ámbito de aplicación de esta resolución.
Visto el Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, y la propuesta realizada por el
operador del sistema de modificación del procedimiento de operación «Estimación de los
componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor»,
Esta Secretaría de Estado resuelve:
Primero.
Aprobar el procedimiento para la operación del sistema eléctrico P.O. 14.12
«Estimación de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor»,
cuyo texto se inserta en el anexo I.
Segundo.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de junio de 2023.–La Secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen
Muñoz.
P.O. 14.12 «Estimación del coste de los componentes del precio voluntario
para el pequeño consumidor»
1.
Objeto
El objeto de este procedimiento es establecer el método de estimación del coste de
aquellos componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) que no
se conocen en el momento en que el operador del sistema debe publicarlos el día
anterior al del suministro para las veinticuatro horas del día siguiente, así como el
método de estimación del volumen de aprovisionamiento por parte de todas las
comercializadoras de referencia de productos a plazo.
cve: BOE-A-2023-15276
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I