III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-15266)
Resolución de 20 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Sistema de Observación Costero de las Illes Balears y Ciencia y Tecnología Marina y Alimentaria, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Asesoramiento científico en océanos, clima y costa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Viernes 30 de junio de 2023

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tal hecho ni por la colaboración conjunta que implica el objeto de este convenio. La
independencia funcional no impedirá la correcta organización en la asignación de tareas
y en la forma de llevarlas a cabo por parte de quienes sean los responsables y los
ejecutores del Proyecto según la jerarquía que se establezca y las necesidades de cada
momento.
− Deberá estar en situación de alta en algún régimen público de Seguridad Social o
asimilado, y contará con un seguro de responsabilidad civil (o mecanismo de
responsabilidad por daños equivalente) y cualquier otro que pudiera ser preciso en
atención a la naturaleza y riesgos de las tareas a desarrollar, según la normativa vigente
al respecto. Las obligaciones anteriores serán por cuenta de la parte a la que, en cada
caso, pertenezca el citado personal, quedando exonerada la parte que acoge al personal
en estancia temporal de cualquier responsabilidad –sea cual fuere su naturaleza– que
pudiera derivarse de la actividad que realice el citado personal en sus instalaciones.
− Cumplirá con las indicaciones en materia de prevención de riesgos laborales que
se le realicen, para lo cual las entidades participantes serán responsables del
cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales en relación
con la estancia temporal y, en concreto, del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por
el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
− Deberá respetar, además, mientras dure la estancia temporal las normas internas
sobre uso de instalaciones y equipamientos, horarios, trámites procedimentales, etc.
Cuarta.

Presupuesto del proyecto, distribución de fondos y ejecución.

1. El Proyecto consta de un presupuesto concedido de cinco millones novecientos
cincuenta y tres mil trescientos cincuenta euros (5.953.350,00 €), comprometiéndose el
CSIC, en su condición de entidad beneficiaria de la ayuda y coordinadora del Proyecto, a
la distribución y transferencia inmediata de los fondos necesarios para la ejecución del
Proyecto entre las entidades participantes una vez recibidas las anualidades
correspondientes por parte del agente financiador, en los términos establecidos entre el
acuerdo interdepartamental de colaboración entre la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente y la Secretaría General de Investigación y la Agencia Estatal Consejo Superior
de Investigaciones Científicas, para colaborar en la ejecución de actuaciones del
componente 5 «preservación del litoral y recursos hídricos» en el marco del plan de
recuperación, transformación y resiliencia.
2. El CSIC no realizará ninguna aportación propia, limitándose a transferir los
fondos recibidos del agente financiador.
3. La distribución de los fondos se realizará por la entidad beneficiaria de la ayuda y
coordinadora del Proyecto conforme al siguiente cuadro:

CSIC.

Importe

Euros

5.304.281

SOCIB.

301.300

AZTI.

347.769

Total.

5.953.350

4. Las cantidades indicadas se harán efectivas mediante transferencia bancaria
realizada por el CSIC en la cuenta abierta a nombre de SOCIB y AZTI que estos
indiquen y certifique (indicando en el concepto de la transferencia el acrónimo o código
identificativo del Proyecto), dentro de los 60 días siguientes a toma en eficacia del
convenio.

cve: BOE-A-2023-15266
Verificable en https://www.boe.es

Distribución de fondos por entidad