III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-15266)
Resolución de 20 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Sistema de Observación Costero de las Illes Balears y Ciencia y Tecnología Marina y Alimentaria, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Asesoramiento científico en océanos, clima y costa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Viernes 30 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 91637

escasa definición de metodologías, la heterogeneidad de la basura en tamaño y
composición, y la diversidad de ambientes afectados, se une a la escasa visibilidad de
algunas publicaciones y estudios. Dado el valor de toda esta información científica reciente
para la gestión del problema, se hace necesaria una recopilación y estandarización de la
dispersa información existente en la literatura sobre la contaminación por basuras marinas
en aguas y costas españolas con objeto de incorporar nuevo material a las estrategias
marinas que, de otro modo, tendría escasa visibilidad para el gestor.
Para facilitar la recopilación de mayor información de campo armonizada, se
desarrollarán nuevas herramientas para la toma de datos. Una línea de trabajo estará
dirigida al uso de fotografías digitales como forma de informar sobre la contaminación
por macro-basura. Las imágenes digitales de muestras de basura, debidamente
obtenidas, permiten la clasificación automática de los artículos, la medición del área de
los objetos, y la obtención de estimas comparables de masa para los distintos
materiales. Otra línea de trabajo estará orientada a la exploración de los sensores
remotos como herramienta para el seguimiento de las basuras marinas.
Es preciso avanzar en el conocimiento de la degradación de basuras marinas. En
esta iniciativa se pretende descubrir y caracterizar nuevas bacterias con potencial
genético para la biodegradación de plásticos mediante el cribado funcional de aislados
de bacterias marinas de diferentes ambientes.
Eje 6.

Evaluación de la contaminación en productos de la pesca.

Uno de los objetivos de la protección y conservación del medio marino es lograr reducir
los niveles de contaminantes en productos de la pesca de consumo humano, a través de la
coordinación de dos ministerios, el MICO, competente en temas de seguridad alimentaria, y
el MITECO, competente en la implementación de las EEMM. Actualmente, la legislación
vigente (Reglamento CE n.º 1881/2006; 2020/2155) incluye un número muy reducido de
contaminantes, que incluye algunos metales pesados (Cd, Hg y Pb) y algunos contaminantes
orgánicos persistentes (COPs) (dioxinas, PCBs y PAHs). Sin embargo, en el medio marino
existen un gran número de sustancias peligrosas que son tóxicas, persistentes y
bioacumulables en el pescado, que o bien no están aún legislados, o están en estudio para
ser valorada su posible inclusión. Se requiere de un análisis científico y técnico sobre los
niveles de presencia de estos nuevos contaminantes, así como de sus efectos toxicológicos,
para identificar los nuevos contaminantes presentes en el pescado susceptibles de ser
incorporados por próximas directivas europeas y organismos internacionales de control. Una
vez se disponga de una lista de compuestos priorizados, será necesario establecer
metodologías de análisis sensibles, selectivas y robustas, así como un programa de
monitorización en el que se seleccionen especies, tejidos, áreas de muestreo, etc.
Esta contribución a EEMM se alinea con la estrategia diseñada en el desafío 4
(Oceanhealth) del White paper del CSIC.

Los ecosistemas marinos proporcionan a la sociedad de un conjunto de servicios
imprescindibles para el bienestar socioeconómico. Entre ellos se incluyen la provisión de
alimentos (pescado y marisco), de agua potable, la regulación del cambio climático, la
protección de la costa y oportunidades para el ocio y el turismo. Un servicio del
ecosistema supone el vínculo entre el entre el medio natural «sensu stricto» y el medio
social, donde es clave tanto la capacidad del ecosistema para proveer de un servicio,
como la existencia de usuarios o beneficiarios del servicio.
El artículo 8.1 (c) de la DMEM exige la elaboración de un análisis económico y social del
uso de las aguas marinas, junto con una descripción de las presiones ambientales
causadas por dichos usos [8.1 (b)]. La Directiva establece que el objetivo es la gestión de
las aguas marinas basado en el enfoque por ecosistema (ver artículo 1.2 de la DMEM), y en
este marco se propone el enfoque de la valoración de los servicios de los ecosistemas

cve: BOE-A-2023-15266
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Eje 7. Identificación, Priorización y Valorización de servicios de los ecosistemas en
el medio marino.