III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-15262)
Orden TER/701/2023, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de proyectos de formación para el empleo promovidos por entidades locales, para su financiación mediante el Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social, del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), del periodo de programación 2021-2027.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 91564

Artículo 7. Procedimiento de selección de proyectos, órganos competentes y publicidad.
1. Los proyectos a financiar se seleccionarán a través de un procedimiento de
concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública.
2. La convocatoria, instrucción y resolución del procedimiento de selección de
proyectos corresponderá a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, en
su condición de organismo intermedio de la autoridad de gestión y en el ejercicio de las
funciones contempladas en los artículos 2, 71.3, 72.1.a y 73 del Reglamento (UE)
2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
3. En aplicación del artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes y
otros documentos que se aporten al procedimiento deberán estar redactados en
castellano.
4. El procedimiento se hará público en el portal de internet del Ministerio de Política
Territorial (www.mpt.es), a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el
«Boletín Oficial del Estado», en los términos previstos en el artículo 20 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el
que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas.
Artículo 8. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo que establezca la convocatoria, cuyo
extracto será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», por conducto de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones.
Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será
inadmitida a trámite.
2. El registro se regirá por las reglas previstas en el artículo 31 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Serán considerados días inhábiles los así declarados para todo el
territorio nacional en el calendario de días inhábiles aprobado por la Administración
General del Estado, sin que resulten de aplicación las reglas de reciprocidad previstas en
el artículo 30.6 de dicha ley. El horario oficial de presentación de solicitudes será el
correspondiente a la hora peninsular española.
3. Las solicitudes únicamente se podrán presentar de forma electrónica, a través
del procedimiento que se establezca en la convocatoria.
4. En la convocatoria se detallará la documentación que se deberá aportar junto
con la solicitud.
Artículo 9. Requisitos de los proyectos y criterios de valoración.
1. Para ser admitidos, los proyectos deberán cumplir, dejando constancia de ello,
con los requisitos establecidos en los Criterios de Selección de Operaciones del
Programa ÉFESO y las normas de elegibilidad del FSE+, así como con lo señalado en
estas bases reguladoras y en la convocatoria que a tal fin se apruebe. En ese sentido,
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Que la entidad solicitante sea alguna de las enunciadas en el artículo 4, para
poder obtener la condición de entidad beneficiaria de la ayuda.
b) Que la entidad solicitante haya presentado toda la documentación exigida en
estas bases y en la convocatoria, en la forma y plazo estipulados en la misma.
c) Que las intervenciones del proyecto se ajusten al objeto, finalidad y contenido
definidos en la convocatoria. En especial, que se cumplan con los objetivos y principios
del Programa ÉFESO, que se dé la mejor relación entre los objetivos a conseguir y el
importe de la ayuda, y que los beneficiarios tengan la capacidad de llevar a cabo el
proyecto.

cve: BOE-A-2023-15262
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 155