III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-15264)
Orden CUD/702/2023, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a entidades públicas titulares de infraestructuras para mejora y optimización de instalaciones y espacios deportivos que fomenten el turismo deportivo sostenible, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Viernes 30 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91588
con el fin de modernizar nuestra industria turística asociada al deporte, y cuyo plazo de
ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025.
2. La finalidad de estas ayudas es además de contribuir a los objetivos descritos en
el párrafo anterior, coadyuvar a la consolidación de estructuras que fomenten la igualdad,
difusión y visibilidad, la formación, la eficiencia energética, la transformación digital y la
accesibilidad.
3. Los proyectos subvencionables en el marco de esta Orden incluirán la
adecuación, reforma, mejoras y mantenimiento de infraestructuras relacionadas con el
turismo deportivo, especialmente en las zonas más despobladas, de conformidad con los
gastos subvencionables detallados en el artículo 9 de esta Orden.
4. Las ayudas que se financien con arreglo a esta Orden se enmarcarán en las
inversiones del Componente 26, Plan de fomento del sector del deporte, con cargo al
programa 33ZB del Plan de Recuperación del Gobierno de España, y las aplicaciones
presupuestarias 24.106.33ZB.759, 24.106.33ZB.769 Y 24.106.33ZB.719, y contribuirán
al cumplimiento de los objetivos asociados al componente.
Artículo 2.
Régimen jurídico aplicable.
En todo lo no previsto en esta Orden será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo aprobado
por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de
la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y
Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria
y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y resto
de disposiciones que resulten de aplicación.
Asimismo, resultan aplicables a estas ayudas el Reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de
Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la
COVID-19, y el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el MRR, así como el resto de normas de la
Unión Europea sobre la materia y normas estatales de desarrollo o trasposición de aquellas.
CAPÍTULO II
Artículo 3. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión se tramitará de conformidad a lo establecido en los
artículos 22.1 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en régimen de concurrencia
competitiva y se iniciará de oficio mediante la correspondiente convocatoria pública.
2. El procedimiento de concesión se atendrá a lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre y a su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, con las características que establecen estas bases reguladoras.
cve: BOE-A-2023-15264
Verificable en https://www.boe.es
Bases reguladoras
Núm. 155
Viernes 30 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91588
con el fin de modernizar nuestra industria turística asociada al deporte, y cuyo plazo de
ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025.
2. La finalidad de estas ayudas es además de contribuir a los objetivos descritos en
el párrafo anterior, coadyuvar a la consolidación de estructuras que fomenten la igualdad,
difusión y visibilidad, la formación, la eficiencia energética, la transformación digital y la
accesibilidad.
3. Los proyectos subvencionables en el marco de esta Orden incluirán la
adecuación, reforma, mejoras y mantenimiento de infraestructuras relacionadas con el
turismo deportivo, especialmente en las zonas más despobladas, de conformidad con los
gastos subvencionables detallados en el artículo 9 de esta Orden.
4. Las ayudas que se financien con arreglo a esta Orden se enmarcarán en las
inversiones del Componente 26, Plan de fomento del sector del deporte, con cargo al
programa 33ZB del Plan de Recuperación del Gobierno de España, y las aplicaciones
presupuestarias 24.106.33ZB.759, 24.106.33ZB.769 Y 24.106.33ZB.719, y contribuirán
al cumplimiento de los objetivos asociados al componente.
Artículo 2.
Régimen jurídico aplicable.
En todo lo no previsto en esta Orden será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo aprobado
por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de
la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y
Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria
y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y resto
de disposiciones que resulten de aplicación.
Asimismo, resultan aplicables a estas ayudas el Reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de
Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la
COVID-19, y el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el MRR, así como el resto de normas de la
Unión Europea sobre la materia y normas estatales de desarrollo o trasposición de aquellas.
CAPÍTULO II
Artículo 3. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión se tramitará de conformidad a lo establecido en los
artículos 22.1 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en régimen de concurrencia
competitiva y se iniciará de oficio mediante la correspondiente convocatoria pública.
2. El procedimiento de concesión se atendrá a lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre y a su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, con las características que establecen estas bases reguladoras.
cve: BOE-A-2023-15264
Verificable en https://www.boe.es
Bases reguladoras