III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-15264)
Orden CUD/702/2023, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a entidades públicas titulares de infraestructuras para mejora y optimización de instalaciones y espacios deportivos que fomenten el turismo deportivo sostenible, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de junio de 2023

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través de estas, la población general. Dichas Administraciones Públicas, en el ámbito de sus
competencias, respetarán la normativa de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado.
III
La presente Orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 18.ª de la
Constitución Española y se estructura en dos capítulos. En el primer capítulo se contiene
una disposición general referente al objeto de las ayudas y el régimen jurídico aplicable.
El segundo capítulo recoge las disposiciones de carácter general que constituyen las
bases reguladoras de las subvenciones y ayudas y se refieren a aspectos como los
objetivos generales, los tipos de actuación financiables, los beneficiarios, las
características de financiación y sus límites.
Esta Orden de bases incorpora las previsiones, garantías y controles contenidos en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las de su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
quedando sometidas todas las solicitudes de ayuda al procedimiento ordinario de
concesión en régimen de concurrencia competitiva y a las normas de procedimiento
definidas para él en dicha normativa.
Esta norma se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En este sentido, se garantizan los principios de
necesidad y eficacia, puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para los
intereses que se persiguen.
Asimismo, esta Orden es acorde con el principio de proporcionalidad al contener la
regulación imprescindible para lograr el objetivo de garantizar los fines perseguidos,
imponiendo solo las condiciones que establecen la normativa europea y la española.
Cumple el principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el derecho de la Unión
Europea y el resto del ordenamiento jurídico, siguiendo los principios de claridad y de
certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión.
Por lo demás, la norma es coherente con los principios de eficiencia, en tanto que la
norma asegura la máxima eficacia de sus postulados para garantizar que las ayudas llegan
de una manera ágil a todos los beneficiarios, incorporando en su seno la propia
convocatoria. En cuanto al principio de transparencia, esta norma establece unos criterios
de evaluación de las solicitudes que son objetivos, públicos y conocidos previamente.
La presente Orden ha sido aprobada de conformidad con el procedimiento
establecido en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y ha
sido informada por la Abogacía del Estado del Departamento así como por la
Intervención Delegada del Consejo Superior de Deportes de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el
artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las
subvenciones a Administraciones Públicas territoriales y aquellos organismos públicos y
entidades de derecho público dependientes de dichas Administraciones Públicas, que
sean titulares de instalaciones y/o espacios deportivos, destinadas a la inversión para
promover la reforma sostenible e inclusiva de instalaciones y espacios deportivos en los
que se puedan desarrollar proyectos relacionados con el sector del turismo deportivo,

cve: BOE-A-2023-15264
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Núm. 155