III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-15264)
Orden CUD/702/2023, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a entidades públicas titulares de infraestructuras para mejora y optimización de instalaciones y espacios deportivos que fomenten el turismo deportivo sostenible, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 91596

2.3 Una memoria descriptiva de análisis de gestión de las instalaciones y/o
espacios deportivos objeto de la subvención y en el cual se especifiquen los siguientes
apartados:
a) Plan de uso general en la instalación en donde se realizarán las obras y/o
inversiones, de las actividades programadas relacionadas con la actividad física y
deportiva en todos sus ámbitos de desarrollo.
b) Temporalidad de los programas diseñados y meses de uso de la instalación por
año.
c) Estimación de impacto del uso de las instalaciones en lo que se refiere a
usuarios locales, autonómicos, nacionales e internacionales.
d) Convenios y alianzas estratégicas locales, autonómicas, nacionales e
internacionales, tanto con entidades públicas como privadas, que apoyen a una gestión
sostenible de dicha instalación o espacio deportivo, señalando los programas de
actividades previstas e inicialmente comprometidas.
e) Durabilidad y permanencia del proyecto con un análisis de impacto y reactivación
económica estimado.
f) Estimación de desarrollo y mejora de empleabilidad una vez se implementen las
obras y actuaciones objeto de esta subvención.
g) En su caso, explicación del proyecto dentro de una red autonómica, estatal y/o
internacional de turismo deportivo sostenible.
2.4 Acreditación de la titularidad de la instalación.
2.5 Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud por cualquier medio
válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
2.6 Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, salvo que el solicitante autorice a que el órgano concedente obtenga de
forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos.
2.7 Declaración responsable en el que el solicitante haga constar las ayudas que
hayan solicitado o percibido de otras Administraciones o entidades para la misma
finalidad y objeto y su cuantía, así como comprometerse a informar de las que pudiera
solicitar u obtener durante la tramitación de estas subvenciones.
2.8 Declaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas,
préstamos o anticipos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación
pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una
ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
2.9 Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones a
las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2.10 Declaración responsable de que el solicitante cumplirá toda la normativa
nacional y de la Unión Europea que resulte de aplicación (en particular, en materia de
competencia, contratación y adjudicación de obras y suministros y medio ambiente), y de
que se compromete a presentar, en el momento de disponer de ellas, todas las licencias,
autorizaciones y permisos necesarios para el proyecto.
2.11 Datos de la cuenta bancaria del beneficiario de la ayuda.
2.12 Declaración de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento
de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088, de acuerdo con el Anexo I.
2.13 Declaración sobre el cumplimiento de la obligación de prevención del fraude y
el conflicto de intereses, de acuerdo con el Anexo II.
2.14 Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del
Plan de Recuperación, contenida en el Anexo III.

cve: BOE-A-2023-15264
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Núm. 155