III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15212)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Sociedad Anónima de Electrónica Submarina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91327
El personal será clasificado teniendo en cuenta sus conocimientos, experiencia,
grado de autonomía, responsabilidad e iniciativa y las funciones que realmente realice.
Esta nueva clasificación tiene por objeto alcanzar una estructura profesional acorde
con las necesidades de SAES, que facilite la mejor integración de todo el colectivo en las
tareas productivas y mejore la adecuación en todo momento al puesto de trabajo,
mediante la oportuna formación.
Esta nueva clasificación profesional solo será de aplicación, con sus correspondientes
efectos, al personal que se encuentre en situación de alta en la plantilla de SAES en el
momento de la fecha de publicación del presente convenio colectivo en el correspondiente
boletín oficial.
9.1
Grupos profesionales.
Grupo profesional técnico:
Autoridad técnica 2.
Autoridad técnica 1.
Técnico senior 2.
Técnico senior 1.
Técnico 3.
Técnico 2.
Técnico 1.
Técnico.
Técnico junior.
Grupo profesional de gestión:
Jefe de línea.
Jefe de área.
Gestor proyecto 2.
Gestor proyecto 1.
Grupo profesional administración, servicios y producción:
Técnico gestión.
Técnico senior.
Técnico.
Técnico junior.
Grupo profesional técnico.
Dentro del «grupo técnico» se encuadran los trabajadores que, reuniendo los requisitos
técnicos necesarios para ello, realizan trabajos de alta cualificación para la compañía.
Se trata de un modelo de desarrollo profesional individualizado, no automático,
basado en criterios objetivos, incluyendo los conceptos de antigüedad, consecución de
objetivos, nivel de presencia y valoración del mando o 360°, dependiendo del nivel en el
que esté ubicado el trabajador.
Dentro de este grupo profesional se identifican 9 niveles siempre orientados a un
óptimo desarrollo profesional dentro de la compañía.
Son los siguientes:
Técnico junior: Integra a los recién licenciados o sin experiencia demostrada en el
sector.
Técnico: Integra a quienes tras dos años en la compañía hayan superado un proceso
interno de formación.
Técnico 1: Integra a quienes tras evaluaciones positivas por parte de su mando son
capaces de desarrollar de manera autosuficiente las tareas que se les han encomendado.
cve: BOE-A-2023-15212
Verificable en https://www.boe.es
9.1.1
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91327
El personal será clasificado teniendo en cuenta sus conocimientos, experiencia,
grado de autonomía, responsabilidad e iniciativa y las funciones que realmente realice.
Esta nueva clasificación tiene por objeto alcanzar una estructura profesional acorde
con las necesidades de SAES, que facilite la mejor integración de todo el colectivo en las
tareas productivas y mejore la adecuación en todo momento al puesto de trabajo,
mediante la oportuna formación.
Esta nueva clasificación profesional solo será de aplicación, con sus correspondientes
efectos, al personal que se encuentre en situación de alta en la plantilla de SAES en el
momento de la fecha de publicación del presente convenio colectivo en el correspondiente
boletín oficial.
9.1
Grupos profesionales.
Grupo profesional técnico:
Autoridad técnica 2.
Autoridad técnica 1.
Técnico senior 2.
Técnico senior 1.
Técnico 3.
Técnico 2.
Técnico 1.
Técnico.
Técnico junior.
Grupo profesional de gestión:
Jefe de línea.
Jefe de área.
Gestor proyecto 2.
Gestor proyecto 1.
Grupo profesional administración, servicios y producción:
Técnico gestión.
Técnico senior.
Técnico.
Técnico junior.
Grupo profesional técnico.
Dentro del «grupo técnico» se encuadran los trabajadores que, reuniendo los requisitos
técnicos necesarios para ello, realizan trabajos de alta cualificación para la compañía.
Se trata de un modelo de desarrollo profesional individualizado, no automático,
basado en criterios objetivos, incluyendo los conceptos de antigüedad, consecución de
objetivos, nivel de presencia y valoración del mando o 360°, dependiendo del nivel en el
que esté ubicado el trabajador.
Dentro de este grupo profesional se identifican 9 niveles siempre orientados a un
óptimo desarrollo profesional dentro de la compañía.
Son los siguientes:
Técnico junior: Integra a los recién licenciados o sin experiencia demostrada en el
sector.
Técnico: Integra a quienes tras dos años en la compañía hayan superado un proceso
interno de formación.
Técnico 1: Integra a quienes tras evaluaciones positivas por parte de su mando son
capaces de desarrollar de manera autosuficiente las tareas que se les han encomendado.
cve: BOE-A-2023-15212
Verificable en https://www.boe.es
9.1.1