III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15210)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Allianz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Jueves 29 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 91304

establecidos en el mencionado Convenio General, se acuerda realizar una aportación
anual al Plan de Pensiones de las personas trabajadoras de las empresas.
La actual aportación definida anual queda fijada en un 0,20 sobre una mensualidad
de sueldo base tablas mensual, según Grupo profesional y Nivel Retributivo asignado
a 1.º de enero de cada año.
3. Procedimiento de aplicación de las aportaciones de los puntos 1 y 2 anteriores:
La mecánica para las aportaciones se realizará de la siguiente forma:
a) En el mes de enero de cada año se efectuará la aportación de acuerdo con las
condiciones de Grupo Profesional y nivel retributivo ostentadas a 1 de enero y,
b) La regularización y revisión a que pudiera dar lugar de conformidad y en los
términos que establece artículo 18 anterior se aplicará efectuando la aportación
complementaria que corresponda, teniendo en cuenta los eventuales cambios tanto de
importe, debido al ajuste por regularización mencionado, como de Grupo Profesional /
Nivel retributivo, que haya podido haberse producido a lo largo del año y en ambos
casos proporcionalmente, de acuerdo con la fecha de su efecto.
4. Garantía relativa a situaciones de reducción de jornada por guarda legal, así
como reducción de jornada o suspensión del contrato derivado de la condición de víctima
de violencia de género.
Con efectos del 1/01/2023, las personas trabajadoras acogidas a una reducción de
jornada al amparo de lo establecido en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores,
percibirán íntegramente las aportaciones, sin que las mismas se reduzcan
proporcionalmente.
Asimismo, con la misma fecha de efectos, las personas víctimas de violencia de
género que se vean obligadas a solicitar una reducción de jornada o la suspensión de su
contrato de trabajo, percibirán íntegramente las aportaciones durante dichos periodos.
En ambos casos, las aportaciones al Plan de Pensiones de las empresas referidas al
periodo de reserva del puesto de trabajo se efectuarán siempre que la persona
trabajadora se reincorpore de forma efectiva al trabajo tras el periodo de suspensión/
excedencia, llevándose a cabo el ingreso de dicha aportación una vez se haya producido
la incorporación.
CAPÍTULO VI
Prevención de riesgos
Artículo 31.

Seguridad, salud y bienestar.

A. Normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

B. Política de «Empresa Saludable».
Promover y proteger de manera continuada la salud, la seguridad y el bienestar de
las personas trabajadoras y la sostenibilidad del ambiente de trabajo, son objetivos
prioritarios del Grupo Allianz en España.
Las empresas disponen de una Política de Empresa Saludable en la que establece
como uno de sus principios fundamentales el garantizar la seguridad, salud y bienestar
de todas sus personas trabajadoras tanto en el entorno profesional como en la vida

cve: BOE-A-2023-15210
Verificable en https://www.boe.es

En cuantas materias afecten a la seguridad y salud en el trabajo, será de aplicación
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el RD 39/1997
de 17 de enero de 1997, que regula el Reglamento de Servicios de Prevención, y su
normativa de desarrollo con mención específica de cuanto afecte a la vigilancia del
estado de salud de las personas trabajadoras en función de los riesgos inherentes al
trabajo y en materia de representación del personal, en cuanto a los Delegados de
Prevención y Comités de Seguridad y Salud.