III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15210)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Allianz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
B)
Sec. III. Pág. 91302
Fondo extraordinario Ayuda para estudios universitarios:
Con carácter adicional a la Ayuda para estudios prevista en el apartado anterior, se
establece un fondo extraordinario común para las empresas que se destinará a
subvencionar los estudios universitarios en grado medio o superior cursados por
personas trabajadoras o por hijos/as de personas trabajadoras en las convocatorias de
ayudas de estudios, por las siguientes cuantías:
2022
2023
2024
2025
2026
31.260 €
31.730 €
32.205 €
32.688 €
33.015 €
Las personas trabajadoras que reúnan los requisitos para optar a estas ayudas
participarán de la que corresponda tras el reparto de la ayuda de estudios general y,
adicionalmente, podrán participar del reparto del mencionado fondo extraordinario.
En ambos casos, en el supuesto de que al cierre de cada ejercicio (31 de diciembre)
la plantilla se incrementase o decreciese en un porcentaje superior al 7% sobre el cierre
del ejercicio anterior (31 de diciembre), el importe del fondo será revisado para el
ejercicio siguiente, en el ámbito de la Comisión Mixta del Convenio, en la misma
proporción, al alza o a la baja.
Artículo 28. Préstamos.
Las personas trabajadoras en activo, con una antigüedad mínima de tres años,
podrán solicitar préstamos para adquisición de primera vivienda habitual, obras de
acondicionamiento de la misma, enfermedad grave o gastos de naturaleza imprevista en
las siguientes condiciones:
Los préstamos para adquisición de vivienda deberán ser amortizados en un plazo
máximo de diez años y para obras de acondicionamiento, enfermedad grave o gastos
excepcionales, el plazo de amortización será de cinco años, y serán de las siguientes
cuantías durante la vigencia del presente Convenio Colectivo:
2022
2023
2024
2025
2026
Adquisición vivienda.
45.013 46.595 46.837 47.540 48.015
Obras acondicionamiento, enfermedad grave y gastos
excepcionales.
11.756 12.170 12.232 12.416 12.540
Los efectos de las nuevas cuantías por préstamo se producirán a partir del momento
de la firma del presente Convenio.
Igualmente, y en relación a la solicitud de préstamo destinado a la adquisición de
vehículo propio dirigido a todas aquellas personas trabajadoras que realicen de forma
habitual funciones externas de acuerdo con lo que establece el Reglamento para la
concesión de préstamos, se establece que la cuantía máxima de los mismos será
de 11.756 € en el año 2022, 11.991 euros en el año 2023, 12.232 euros en el año 2024,
12.416 euros en el año 2025, y 12.540 euros en el año 2026, y siempre que se cumplan
por los solicitantes los siguientes requisitos:
– Utilización del vehículo particular para gestiones profesionales con una frecuencia
de uso superior a 1.500 kilómetros anuales.
– Tenencia de una antigüedad mínima de 3 años en la plantilla.
– En cualquier caso, la solicitud requerirá la validación previa del / de la responsable
inmediato/a.
cve: BOE-A-2023-15210
Verificable en https://www.boe.es
Préstamos
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
B)
Sec. III. Pág. 91302
Fondo extraordinario Ayuda para estudios universitarios:
Con carácter adicional a la Ayuda para estudios prevista en el apartado anterior, se
establece un fondo extraordinario común para las empresas que se destinará a
subvencionar los estudios universitarios en grado medio o superior cursados por
personas trabajadoras o por hijos/as de personas trabajadoras en las convocatorias de
ayudas de estudios, por las siguientes cuantías:
2022
2023
2024
2025
2026
31.260 €
31.730 €
32.205 €
32.688 €
33.015 €
Las personas trabajadoras que reúnan los requisitos para optar a estas ayudas
participarán de la que corresponda tras el reparto de la ayuda de estudios general y,
adicionalmente, podrán participar del reparto del mencionado fondo extraordinario.
En ambos casos, en el supuesto de que al cierre de cada ejercicio (31 de diciembre)
la plantilla se incrementase o decreciese en un porcentaje superior al 7% sobre el cierre
del ejercicio anterior (31 de diciembre), el importe del fondo será revisado para el
ejercicio siguiente, en el ámbito de la Comisión Mixta del Convenio, en la misma
proporción, al alza o a la baja.
Artículo 28. Préstamos.
Las personas trabajadoras en activo, con una antigüedad mínima de tres años,
podrán solicitar préstamos para adquisición de primera vivienda habitual, obras de
acondicionamiento de la misma, enfermedad grave o gastos de naturaleza imprevista en
las siguientes condiciones:
Los préstamos para adquisición de vivienda deberán ser amortizados en un plazo
máximo de diez años y para obras de acondicionamiento, enfermedad grave o gastos
excepcionales, el plazo de amortización será de cinco años, y serán de las siguientes
cuantías durante la vigencia del presente Convenio Colectivo:
2022
2023
2024
2025
2026
Adquisición vivienda.
45.013 46.595 46.837 47.540 48.015
Obras acondicionamiento, enfermedad grave y gastos
excepcionales.
11.756 12.170 12.232 12.416 12.540
Los efectos de las nuevas cuantías por préstamo se producirán a partir del momento
de la firma del presente Convenio.
Igualmente, y en relación a la solicitud de préstamo destinado a la adquisición de
vehículo propio dirigido a todas aquellas personas trabajadoras que realicen de forma
habitual funciones externas de acuerdo con lo que establece el Reglamento para la
concesión de préstamos, se establece que la cuantía máxima de los mismos será
de 11.756 € en el año 2022, 11.991 euros en el año 2023, 12.232 euros en el año 2024,
12.416 euros en el año 2025, y 12.540 euros en el año 2026, y siempre que se cumplan
por los solicitantes los siguientes requisitos:
– Utilización del vehículo particular para gestiones profesionales con una frecuencia
de uso superior a 1.500 kilómetros anuales.
– Tenencia de una antigüedad mínima de 3 años en la plantilla.
– En cualquier caso, la solicitud requerirá la validación previa del / de la responsable
inmediato/a.
cve: BOE-A-2023-15210
Verificable en https://www.boe.es
Préstamos