III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15210)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Allianz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91284
instalaciones de la empresa no podrá resultar superior a 2 horas desde la comunicación
de la incidencia.
c.
Intervención planificada:
Por intervención planificada se entenderá aquellas actuaciones programadas
previamente, que deben realizarse fuera del horario laboral, en sábado, domingo o
festivo, o tarde/noche efectiva tras finalización de la jornada y hasta el comienzo de la
siguiente jornada en día laborable, y que tienen como objetivo realizar trabajos y tareas
que, por necesidades técnicas o del servicio, no pueden hacerse dentro del mismo.
C)
Compensaciones:
Con fecha de efectos de 1/10/2022, las personas trabajadoras que se encuentren en
alguna de las situaciones descritas en el apartado anterior, percibirán las siguientes
compensaciones:
a.
Compensación por Disponibilidad:
Una compensación denominada «Complemento de Disponibilidad» por importe bruto
y en los términos que a continuación se detallan:
i. Por tarde/noche efectiva de disponibilidad en día laborable, desde la finalización
de la jornada hasta las 8 horas de la siguiente jornada laborable:
ii.
–
–
–
–
–
iii.
–
–
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–
–
b.
2022: 20 euros
2023: 22 euros
2024: 25 euros
2025: 27 euros
2026: 30 euros
Por día completo disponible en sábado, domingo o festivo:
2022: 50 euros
2023: 57 euros
2024: 65 euros
2025: 70 euros
2026: 75 euros
Por los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero:
2022: 75 euros
2023: 80 euros
2024: 90 euros
2025: 95 euros
2026: 100 euros
Compensación por Intervención en situación de disponibilidad y/o planificada:
En ambos casos, se compensará el tiempo trabajado con descanso equivalente, de
acuerdo con el responsable. Además, percibirá una compensación igual al 100% del
salario base ordinario mensual tablas según el grupo profesional y nivel retributivo
correspondiente, y por el tiempo equivalente efectivamente trabajado.
cve: BOE-A-2023-15210
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91284
instalaciones de la empresa no podrá resultar superior a 2 horas desde la comunicación
de la incidencia.
c.
Intervención planificada:
Por intervención planificada se entenderá aquellas actuaciones programadas
previamente, que deben realizarse fuera del horario laboral, en sábado, domingo o
festivo, o tarde/noche efectiva tras finalización de la jornada y hasta el comienzo de la
siguiente jornada en día laborable, y que tienen como objetivo realizar trabajos y tareas
que, por necesidades técnicas o del servicio, no pueden hacerse dentro del mismo.
C)
Compensaciones:
Con fecha de efectos de 1/10/2022, las personas trabajadoras que se encuentren en
alguna de las situaciones descritas en el apartado anterior, percibirán las siguientes
compensaciones:
a.
Compensación por Disponibilidad:
Una compensación denominada «Complemento de Disponibilidad» por importe bruto
y en los términos que a continuación se detallan:
i. Por tarde/noche efectiva de disponibilidad en día laborable, desde la finalización
de la jornada hasta las 8 horas de la siguiente jornada laborable:
ii.
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iii.
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b.
2022: 20 euros
2023: 22 euros
2024: 25 euros
2025: 27 euros
2026: 30 euros
Por día completo disponible en sábado, domingo o festivo:
2022: 50 euros
2023: 57 euros
2024: 65 euros
2025: 70 euros
2026: 75 euros
Por los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero:
2022: 75 euros
2023: 80 euros
2024: 90 euros
2025: 95 euros
2026: 100 euros
Compensación por Intervención en situación de disponibilidad y/o planificada:
En ambos casos, se compensará el tiempo trabajado con descanso equivalente, de
acuerdo con el responsable. Además, percibirá una compensación igual al 100% del
salario base ordinario mensual tablas según el grupo profesional y nivel retributivo
correspondiente, y por el tiempo equivalente efectivamente trabajado.
cve: BOE-A-2023-15210
Verificable en https://www.boe.es
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