I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-15135)
Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 90581

total de 380 millones de euros que se repartirán en función de los criterios objetivos de
demanda, de oferta o de población que se establezcan mediante orden ministerial de la
persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, aplicando la
misma metodología utilizada en la gestión de las ayudas directas al transporte público
terrestre, urbano e interurbano establecidas en el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de
junio. El importe de los suplementos de crédito se ha determinado en base a la
estimación del coste de la compensación por la reducción de un 30% en el precio de los
abonos y títulos multiviaje en los servicios de transporte público colectivo urbano e
interurbano.
El capítulo IV del título II del libro cuarto, de forma análoga al capítulo II, extiende la
ayuda al transporte por uso del gasóleo profesional a los suministros realizados hasta
el 31 de diciembre de 2023, en la cuantía de 0,10 euros entre el 1 de abril y el 30 de
septiembre de 2023, y de 0,05 euros para los suministros realizados entre el 1 de
octubre y el 31 de diciembre de 2023.
El título III lleva por título «Medidas de impulso de la actividad y mantenimiento de la
estabilidad económica y social», y comienza, con la finalidad de atender a la realidad
social y económica de los hogares en la actual dinámica inflacionista, con la extensión
hasta el 31 de diciembre de 2023 la suspensión del procedimiento de desahucio y de los
lanzamientos para personas y hogares económicamente vulnerables sin alternativa
ocupacional.
También se prorroga, durante el segundo semestre de 2023, la aplicación en el
Impuesto sobre el Valor Añadido del tipo impositivo del 0 por ciento que recae sobre los
productos básicos de alimentación, así como la del 5 por ciento con que resultan
gravados los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias, para contribuir a la
reducción del precio final de estos alimentos. En todo caso, la aplicación de tales tipos
queda sujeta a la evolución de la tasa interanual de la inflación subyacente.
En este título se prevé igualmente la aprobación de las operaciones presupuestarias
necesarias dar cumplimiento a las insuficiencias presupuestarias para financiar los
gastos asociados a la atención de refugiados procedentes de Ucrania.
Asimismo, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023, la previsión que impide a las
empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley
invocar el aumento de los costes energéticos como causa objetiva de despido.
El título IV recoge la prórroga de determinadas medidas de apoyo para la reparación
de los daños y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.
Así, se prorrogan para el ejercicio 2023 los beneficios fiscales establecidos en el
Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades Económicas para
la isla de La Palma por el artículo 25 del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre.
En el ámbito laboral, se amplían hasta el 31 de diciembre de 2023 los expedientes de
regulación temporal de empleo vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el
supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la
erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja.
En materia de Seguridad Social, se prorroga por seis meses más el aplazamiento del
pago de cuotas de la Seguridad Social de empresas y trabajadores autónomos afectados
en su actividad por la erupción volcánica. También se prorrogan las medidas
extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos y la exención en el
pago de cuotas a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta, de superior
cuantía que la aplicable con carácter general, en los expedientes de regulación temporal
de empleo mencionados.
Por último, se modifica el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se
adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por
las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La
Palma, para establecer una nueva prórroga de seis meses del régimen de suspensión de
las obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin
garantía hipotecaria concedidos a afectados por los movimientos sísmicos y erupciones

cve: BOE-A-2023-15135
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Núm. 154