III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15123)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pilotos de Ryanair DAC en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 90479
capacidad técnica, corriendo la Compañía con los gastos. Si el piloto rehúsa participar
voluntariamente en este proceso, perderá su derecho a reincorporarse.
Si el empleado recibe una especialización profesional a expensas de la Compañía
tras reincorporarse de una excedencia voluntaria, el piloto deberá permanecer al menos
dos años en la Compañía. Si durante dicho periodo de dos años el piloto solicita su baja
voluntaria o suspende su relación laboral queda suspendida, el piloto reembolsará a la
Compañía el importe correspondiente a dos meses de salario base. Este pacto de
permanencia se formalizará en un documento firmado por ambas partes.
14.6
Excedencia forzosa.
Este tipo de excedencia se concederá por la designación o elección para un cargo
público que imposibilite la asistencia al trabajo. Durante este periodo de tiempo, el piloto
tendrá derecho a la conservación de su puesto en la Compañía y al cómputo de la
antigüedad durante esta designación.
El reingreso deberá solicitarse dentro de los dos meses siguientes desde el cese del
cargo público, de no hacerlo, el piloto perderá el derecho de reincorporación y se
considerará que ha renunciado definitivamente a su puesto. El piloto reincorporado debe
someterse de nuevo a la formación y evaluación que determine la Compañía a fin de
lograr la aptitud técnica necesaria para llevar a cabo sus funciones.
Los pilotos que se reincorporen de una excedencia forzosa volverán al mismo puesto
y base (si todavía existen en el momento de reincorporación). Si la base de operaciones
no existe, al piloto se le ofrecerá una base en España a la que podrá reincorporarse. Si
el piloto rechaza dicha base, perderá el derecho a reincorporarse. Durante el periodo de
tiempo que el piloto pase en excedencia forzosa, todos sus derechos y obligaciones
laborales quedarán suspendidos y, por tanto, no recibirá remuneración alguna ni
devengará vacaciones.
Durante el periodo de tiempo que el piloto pase en excedencia forzosa, la Compañía
le facilitará la formación periódica necesaria requerida por la normativa aeronáutica para
mantener la habilitación de tipo que tenía en la Compañía. El piloto tendrá la obligación
de completar dichos cursos y dicha formación.
Si el empleado recibe una especialización profesional a expensas de la Compañía
tras reincorporarse de una excedencia forzosa, el piloto deberá permanecer al menos
dos años en la Compañía. Si durante dicho periodo de dos años el piloto solicita su baja
voluntaria o suspende su relación laboral, el piloto reembolsará a la Compañía el importe
correspondiente a dos meses de salario base. Este pacto de permanencia se formalizará
en un documento firmado por ambas partes.
Excedencia para el cuidado de familiares e hijos.
– El padre o la madre tendrán derecho a una excedencia para atender el cuidado de
cada hijo durante un periodo de duración no superior a tres años a contar desde la fecha
de nacimiento. El mismo derecho será aplicable en caso de adopción, guarda con fines
de adopción o acogimiento permanente sujetos a una resolución judicial o administrativa.
Un hijo posterior dará al piloto derecho a un nuevo periodo de excedencia, el cual,
cuando corresponda, pondrá fin al periodo de excedencia que se viniera disfrutando.
– Los pilotos tendrán derecho a un periodo de excedencia de una duración no
superior a dos años para el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o
discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
A los efectos de este artículo se considerará familiar a la pareja de hecho, siempre
que se acredite la inscripción en el Registro Oficial de Parejas de Hecho.
Si dos empleados de la Compañía solicitan una excedencia para el cuidado de la
misma persona, la Compañía podrá limitar la excedencia durante el mismo periodo
cuando existan requisitos operativos debidamente justificados.
cve: BOE-A-2023-15123
Verificable en https://www.boe.es
14.7
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 90479
capacidad técnica, corriendo la Compañía con los gastos. Si el piloto rehúsa participar
voluntariamente en este proceso, perderá su derecho a reincorporarse.
Si el empleado recibe una especialización profesional a expensas de la Compañía
tras reincorporarse de una excedencia voluntaria, el piloto deberá permanecer al menos
dos años en la Compañía. Si durante dicho periodo de dos años el piloto solicita su baja
voluntaria o suspende su relación laboral queda suspendida, el piloto reembolsará a la
Compañía el importe correspondiente a dos meses de salario base. Este pacto de
permanencia se formalizará en un documento firmado por ambas partes.
14.6
Excedencia forzosa.
Este tipo de excedencia se concederá por la designación o elección para un cargo
público que imposibilite la asistencia al trabajo. Durante este periodo de tiempo, el piloto
tendrá derecho a la conservación de su puesto en la Compañía y al cómputo de la
antigüedad durante esta designación.
El reingreso deberá solicitarse dentro de los dos meses siguientes desde el cese del
cargo público, de no hacerlo, el piloto perderá el derecho de reincorporación y se
considerará que ha renunciado definitivamente a su puesto. El piloto reincorporado debe
someterse de nuevo a la formación y evaluación que determine la Compañía a fin de
lograr la aptitud técnica necesaria para llevar a cabo sus funciones.
Los pilotos que se reincorporen de una excedencia forzosa volverán al mismo puesto
y base (si todavía existen en el momento de reincorporación). Si la base de operaciones
no existe, al piloto se le ofrecerá una base en España a la que podrá reincorporarse. Si
el piloto rechaza dicha base, perderá el derecho a reincorporarse. Durante el periodo de
tiempo que el piloto pase en excedencia forzosa, todos sus derechos y obligaciones
laborales quedarán suspendidos y, por tanto, no recibirá remuneración alguna ni
devengará vacaciones.
Durante el periodo de tiempo que el piloto pase en excedencia forzosa, la Compañía
le facilitará la formación periódica necesaria requerida por la normativa aeronáutica para
mantener la habilitación de tipo que tenía en la Compañía. El piloto tendrá la obligación
de completar dichos cursos y dicha formación.
Si el empleado recibe una especialización profesional a expensas de la Compañía
tras reincorporarse de una excedencia forzosa, el piloto deberá permanecer al menos
dos años en la Compañía. Si durante dicho periodo de dos años el piloto solicita su baja
voluntaria o suspende su relación laboral, el piloto reembolsará a la Compañía el importe
correspondiente a dos meses de salario base. Este pacto de permanencia se formalizará
en un documento firmado por ambas partes.
Excedencia para el cuidado de familiares e hijos.
– El padre o la madre tendrán derecho a una excedencia para atender el cuidado de
cada hijo durante un periodo de duración no superior a tres años a contar desde la fecha
de nacimiento. El mismo derecho será aplicable en caso de adopción, guarda con fines
de adopción o acogimiento permanente sujetos a una resolución judicial o administrativa.
Un hijo posterior dará al piloto derecho a un nuevo periodo de excedencia, el cual,
cuando corresponda, pondrá fin al periodo de excedencia que se viniera disfrutando.
– Los pilotos tendrán derecho a un periodo de excedencia de una duración no
superior a dos años para el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o
discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
A los efectos de este artículo se considerará familiar a la pareja de hecho, siempre
que se acredite la inscripción en el Registro Oficial de Parejas de Hecho.
Si dos empleados de la Compañía solicitan una excedencia para el cuidado de la
misma persona, la Compañía podrá limitar la excedencia durante el mismo periodo
cuando existan requisitos operativos debidamente justificados.
cve: BOE-A-2023-15123
Verificable en https://www.boe.es
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