III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15123)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pilotos de Ryanair DAC en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 90462
10.2.19 Cuando un piloto notifique a Control de Tripulaciones (Crew Control) un
periodo de actividad superior a 17 horas, Ryanair se ocupará de gestionar el HOTAC
(acomodación hotelera) si así se solicita.
10.3
Productividad y circunstancias excepcionales.
10.3.1 El presente Convenio garantiza que no se producirán pérdidas del nivel
actual de productividad que permite a Ryanair planificar y ejecutar su programa de
vuelos con una ratio de tripulación de no más de 5,4 tripulaciones por aeronave (en base
a 850 horas por piloto).
10.3.2 Si la productividad individual se ve afectada de manera manifiesta en
cualquier trimestre de modo que no se realicen o no se puedan realizar más
de 850 horas en un año (debido, por ejemplo, a ausencias prolongadas o frecuentes),
esto se recuperará a título individual en el siguiente trimestre mediante la reversión al
patrón 5 días laborables / 3 días libres. En la medida de lo posible, una vez que se
recupere la pérdida, el patrón de programación se restablecerá para volver al patrón
original. La presente disposición no deberá utilizarse con fines punitivos, sino únicamente
a los efectos de mantener la productividad. Se informará a la Sección Sindical de
Ryanair y al SEPLA de cualquier caso en que se ponga en práctica esta cláusula.
10.3.3 Se acepta que, ocasionalmente, en el caso de que cambien las
circunstancias operativas (por ejemplo, cuando exista una gran carga de formación, se
introduzca una aeronave, exista un volumen de bajas voluntarias o contrataciones
superior a lo habitual o situaciones de fuerza mayor), la integridad de las operaciones de
vuelos comerciales serán prioritarias, y estas normas de programación podrán
suspenderse o alterarse durante periodos de 28 días cada vez que tenga lugar, y se
aplicarán las disposiciones básicas del Manual de Operaciones de Ryanair, Parte A,
Capítulo 7.
10.3.4 Toda ausencia no autorizada (por ejemplo, enfermedades no acreditadas,
ausencias injustificadas –no shows–/ incumplimientos del procedimiento de
comunicación de ausencias) se recuperará en programaciones posteriores, practicando
para ello los ajustes necesarios en los días libres programados, en caso necesario.
10.4.1
Imaginarias / Vuelos de posicionamiento / Fuera de base / Lates en el día 5.
Imaginarias.
10.4.1.1 Las imaginarias se utilizarán principalmente con fines de cobertura de los
periodos de la actividad en la base de operaciones del piloto. Sin embargo, cuando así lo
exijan los requisitos operativos, se podrá llamar a los pilotos desde imaginaria para
realizar servicios fuera de su base (incluyendo pernoctas). La Compañía tratará de
minimizar el uso de fueras de base dentro de la semana activa.
10.4.1.2 Cuando se llame a un piloto a operar fuera de base desde imaginaria,
«Ryanair Operations» hará todo lo posible por comunicárselo con la mayor antelación
posible. Cada temporada, Ryanair revisará, junto con la Sección Sindical de SEPLA, los
pilotos que fueron requeridos para operar fuera de base desde imaginaria con el objetivo
de minimizar el uso de fuera de la base durante la semana activa.
10.4.1.3 Los pilotos a los que se les requiera operar fuera de base desde
imaginaria con tres o más pernoctas consecutivas percibirán el pago de una dieta
adicional en la tarifa actual (75 euros por noche).
10.4.2
Vuelos de posicionamiento (deadheads).
10.4.2.1 La Compañía hará todo lo posible por planificar la ruta más directa dentro
de la red de Ryanair a la hora de programar los vuelos de posicionamiento.
10.4.2.2 Cuando un piloto tenga un vuelo de posicionamiento planeado para un
servicio fuera de base que exceda de 8 horas de duración, el piloto podrá contactar con
«Pilot rostering» en un plazo de 48 horas desde la publicación de la programación para
cve: BOE-A-2023-15123
Verificable en https://www.boe.es
10.4
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 90462
10.2.19 Cuando un piloto notifique a Control de Tripulaciones (Crew Control) un
periodo de actividad superior a 17 horas, Ryanair se ocupará de gestionar el HOTAC
(acomodación hotelera) si así se solicita.
10.3
Productividad y circunstancias excepcionales.
10.3.1 El presente Convenio garantiza que no se producirán pérdidas del nivel
actual de productividad que permite a Ryanair planificar y ejecutar su programa de
vuelos con una ratio de tripulación de no más de 5,4 tripulaciones por aeronave (en base
a 850 horas por piloto).
10.3.2 Si la productividad individual se ve afectada de manera manifiesta en
cualquier trimestre de modo que no se realicen o no se puedan realizar más
de 850 horas en un año (debido, por ejemplo, a ausencias prolongadas o frecuentes),
esto se recuperará a título individual en el siguiente trimestre mediante la reversión al
patrón 5 días laborables / 3 días libres. En la medida de lo posible, una vez que se
recupere la pérdida, el patrón de programación se restablecerá para volver al patrón
original. La presente disposición no deberá utilizarse con fines punitivos, sino únicamente
a los efectos de mantener la productividad. Se informará a la Sección Sindical de
Ryanair y al SEPLA de cualquier caso en que se ponga en práctica esta cláusula.
10.3.3 Se acepta que, ocasionalmente, en el caso de que cambien las
circunstancias operativas (por ejemplo, cuando exista una gran carga de formación, se
introduzca una aeronave, exista un volumen de bajas voluntarias o contrataciones
superior a lo habitual o situaciones de fuerza mayor), la integridad de las operaciones de
vuelos comerciales serán prioritarias, y estas normas de programación podrán
suspenderse o alterarse durante periodos de 28 días cada vez que tenga lugar, y se
aplicarán las disposiciones básicas del Manual de Operaciones de Ryanair, Parte A,
Capítulo 7.
10.3.4 Toda ausencia no autorizada (por ejemplo, enfermedades no acreditadas,
ausencias injustificadas –no shows–/ incumplimientos del procedimiento de
comunicación de ausencias) se recuperará en programaciones posteriores, practicando
para ello los ajustes necesarios en los días libres programados, en caso necesario.
10.4.1
Imaginarias / Vuelos de posicionamiento / Fuera de base / Lates en el día 5.
Imaginarias.
10.4.1.1 Las imaginarias se utilizarán principalmente con fines de cobertura de los
periodos de la actividad en la base de operaciones del piloto. Sin embargo, cuando así lo
exijan los requisitos operativos, se podrá llamar a los pilotos desde imaginaria para
realizar servicios fuera de su base (incluyendo pernoctas). La Compañía tratará de
minimizar el uso de fueras de base dentro de la semana activa.
10.4.1.2 Cuando se llame a un piloto a operar fuera de base desde imaginaria,
«Ryanair Operations» hará todo lo posible por comunicárselo con la mayor antelación
posible. Cada temporada, Ryanair revisará, junto con la Sección Sindical de SEPLA, los
pilotos que fueron requeridos para operar fuera de base desde imaginaria con el objetivo
de minimizar el uso de fuera de la base durante la semana activa.
10.4.1.3 Los pilotos a los que se les requiera operar fuera de base desde
imaginaria con tres o más pernoctas consecutivas percibirán el pago de una dieta
adicional en la tarifa actual (75 euros por noche).
10.4.2
Vuelos de posicionamiento (deadheads).
10.4.2.1 La Compañía hará todo lo posible por planificar la ruta más directa dentro
de la red de Ryanair a la hora de programar los vuelos de posicionamiento.
10.4.2.2 Cuando un piloto tenga un vuelo de posicionamiento planeado para un
servicio fuera de base que exceda de 8 horas de duración, el piloto podrá contactar con
«Pilot rostering» en un plazo de 48 horas desde la publicación de la programación para
cve: BOE-A-2023-15123
Verificable en https://www.boe.es
10.4