III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15123)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pilotos de Ryanair DAC en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 90460

Tabla 3. Resumen de los plazos de solicitud de vacaciones ad hoc
Apertura de
solicitudes

Cierre de solicitudes

Respuesta

Prioritarias
ad hoc.

31 de octubre (del
1 de noviembre.
año siguiente).

– Las solicitudes de vacaciones ad hoc prioritarias que se reciban entre el 1 y el 15 de
noviembre recibirán una respuesta a más tardar el 30 de noviembre
– Las solicitudes de días de vacaciones ad hoc prioritarias que se reciban después del 15
de noviembre se responderán en un plazo de 30 días desde la fecha de solicitud.

Ad hoc.

16 de
noviembre.

– Las solicitudes de vacaciones ad hoc que se reciban entre el 16 y el 30 de noviembre
recibirán una respuesta a más tardar el 31 de diciembre.
Las solicitudes de días de vacaciones ad hoc que se reciban después del 30 de noviembre
se responderán en un plazo de 30 días desde la fecha de solicitud.

9.6

31 de octubre (del
año siguiente).

Resumen y conclusiones.

9.6.1 La integridad de los vuelos de nuestros clientes será prioritaria en todo
momento y, de conformidad con los contratos de trabajo individuales, la Compañía se
reserva el derecho, en circunstancias excepcionales (por ejemplo, fuerza mayor o casos
fortuitos), de reprogramar, posponer o, en última instancia, cancelar las vacaciones
anuales si ello redunda en los intereses de los clientes y siempre que lo permita la
legislación española. Estas medidas únicamente se tomarán como último recurso y
previa consulta con el piloto en cuestión.
9.6.2 La SRCC y Ryanair llevarán a cabo una revisión formal del funcionamiento de
estas normas sobre el disfrute de las vacaciones anuales cada doce meses para
garantizar que el sistema cumple los objetivos establecidos anteriormente. Dicha revisión
incluirá un análisis de todos los casos de pilotos individuales que hayan seguido los
procedimientos de solicitud de vacaciones (incluido el envío de sus opciones de
preferencia) y no se le haya concedido ninguna de las preferencias.
10.
10.1

Normas de programación de Ryanair (bases españolas)

Patrón de programación.

10.1.1 Patrón fijo de 5 días laborables / 4 días libres hasta el 31 de marzo de 2027.
El patrón 5/4 se revertirá al de 5/3 una vez pierda vigencia el Convenio Colectivo el 31 de
marzo de 2027, salvo que se formalice un nuevo convenio entonces.
10.1.2 Dos veces al año se programará un patrón 6 días laborables / 3 días libres
para cubrir la formación recurrente; se notificará con 4 semanas de antelación.
10.1.3 La formación para el acceso a la comandancia y otros programas de
formación no recurrente (es decir, la formación de conversión, la formación LTC, TRI/E,
etc.) se programará con un patrón de 5 días laborables / 2 días libres o con cualquier
otro patrón necesario para acelerar la formación, conforme al Manual de Operaciones de
Ryanair, Parte A, Capítulo 7.
10.1.4 Es crucial que la programación permanezca equilibrada en todo momento
para garantizar la eficiencia operativa y por dos bloques de servicio dos veces al año por
piloto, los patrones de programación individuales de los pilotos podrán ajustarse, incluido
el cambio del turno de «earlies» al de «lates» y viceversa, para garantizar este equilibrio
a fin de asegurar una distribución equitativa de las horas entre todos los pilotos de la
base. Estos cambios temporales en un patrón de programación de un piloto a título
individual no afectarán al patrón 5 días laborables / 4 días libres.
10.1.5 Los cambios de patrón (es decir, cuando resulte necesario ocasionalmente
cambiar un patrón de programación individual para garantizar una programación
equilibrada en una base) únicamente se llevará a cabo con un preaviso al piloto de al
menos 4 semanas. Estos cambios en un patrón de programación de un piloto individual
no afectarán al patrón 5 días laborables / 4 días libres.

cve: BOE-A-2023-15123
Verificable en https://www.boe.es

Tipo de
vacaciones