I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-15070)
Real Decreto 547/2023, de 27 de junio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la formación en capacidades digitales a profesionales del ámbito de la cultura, en el marco del componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 90263

procederá el reintegro de las cantidades percibidas en concordancia con lo previsto en la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, y los artículos 37 y 46 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. En
su caso, se exigirá el reintegro de las cantidades no justificadas o las que se deriven del
incumplimiento de las obligaciones contraídas, con el interés de demora correspondiente
desde el momento del pago, en los casos y en los términos previstos en el título II de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el título III de su reglamento.
2. En caso de incumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo al
medio ambiente», del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en la Decisión
de Ejecución del Consejo o en los apartados 3, 6 y 8 del componente 19, la entidad
beneficiaria deberá reintegrar las cantidades percibidas.
3. En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser
reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, y teniendo en
cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al
cumplimiento total y se acredite por el beneficiario una actuación inequívocamente
tendente a la satisfacción de sus compromisos.
4. El procedimiento de reintegro se regirá por lo dispuesto en los artículos 41 a 43
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el capítulo II del título III de su Reglamento,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, sin perjuicio de lo dispuesto en el
en el artículo 7 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre.
5. El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será el
órgano concedente previsto en el artículo 4.5, de conformidad con lo establecido en el
artículo 41 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 13. Infracciones y sanciones.
Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudiesen ser cometidas
por la UNED se graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el título IV de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Disposición final primera.

Título competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.2 de la
Constitución Española, que establece que, sin perjuicio de las competencias que podrán
asumir las comunidades autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como
deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las comunidades
autónomas, de acuerdo con ellas.

El número 9 del anexo I. Plan formativo del Proyecto Tecnologías Aplicadas al
Patrimonio Cultural, apartado I, del Real Decreto 956/2022, de 15 de noviembre, por el que
se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad Nacional de Educación a
Distancia para la formación en capacidades digitales a profesionales del ámbito del
Patrimonio cultural, en el marco del Componente 19 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, queda redactado en los siguientes términos:
«9. Cada curso de 15 créditos será gratuito para los que estén en posesión
de alguna de las siguientes formaciones:
– Grado/Licenciatura en Historia del Arte.
– Grado/Licenciatura en Arqueología.

cve: BOE-A-2023-15070
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 956/2022, de 15 de
noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la
Universidad Nacional de Educación a Distancia para la formación en capacidades
digitales a profesionales del ámbito del Patrimonio cultural, en el marco del
componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.