III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-14979)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Lugo, para el desarrollo de la nueva área de transporte intermodal de Lugo y su entorno urbano, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo FEDER Galicia 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89569
○ La cofinanciación con FEDER implica aceptar la inclusión de la operación y sus
datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 49.3 RDC.
○ Deberán introducirse los datos y documentos relativos a la operación, así como
todas sus posibles actualizaciones, en los sistemas de intercambio electrónico de datos
utilizado para la gestión del Programa Operativo FEDER, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 69.8 RDC.
– Cumplir las obligaciones en materia de información y comunicación sobre el apoyo
procedente del FEDER según los artículos 47 y 50 del Reglamento N.º 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y de acuerdo a las
especificaciones técnicas establecidas en el Anexo IX de dicho Reglamento. En
particular deberá:
• Reconocer el apoyo del FEDER a la operación mostrando en todas las medidas de
visibilidad, transparencia y comunicación que lleve a cabo el emblema de la Unión
Europea, acompañado de una declaración de «Cofinanciado por la Unión Europea».
• Hacer una breve descripción de la actuación en su sitio web oficial y en sus
cuentas en los medios sociales, de manera proporcionada en relación con el nivel de la
ayuda, con sus objetivos y resultados, destacando la ayuda financiera de la Unión
Europea.
• Proporcionar una declaración que destaque la ayuda de la Unión Europea de
manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la
ejecución de la actuación, destinados al público.
• Exhibir una placa o valla publicitaria resistente en un lugar bien visible para el
público, en la que figure el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las
características técnicas del Anexo IX del Reglamento 2021/1060, tan pronto como
comience la ejecución física de la actuación.
• Colocar un cartel o placa permanente en un lugar bien visible para el público en el
plazo de tres meses desde la finalización de la ejecución física. Dicho cartel o placa
indicará el nombre y el objetivo principal de la actuación.
• En el caso de que el coste de la actuación supere los 10.000.000 euros, organizar
una actividad o acto de comunicación, según convenga, y hará participar a la Comisión
Europea y a la autoridad de gestión responsable en su momento oportuno.
• Durante el período de obligatoriedad de conservación de la documentación, deberá
conservar, preferentemente en formato digital, una copia de todos los materiales de
comunicación y publicidad que elabore y difunda en el marco de la actuación. Este
material deberá ser puesto a disposición del Organismo Intermedio o de las instituciones
de la Unión Europea si así se lo solicitan.
• Respetar, en todo momento, las orientaciones recogidas en el documento de uso del
emblema europeo (https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/eu-emblem-rules_es.pdf).
Justificación y pago de las actuaciones.
Ejecución de obras del Proyecto de construcción del aparcamiento subterráneo y
asistencias técnicas en obra.
El proyecto de construcción será supervisado y aprobado por ADIF, y sus obras
serán licitadas, adjudicadas, ejecutadas, dirigidas, recibidas y puestas en servicio por la
Xunta de Galicia de manera conjunta con las del «Proyecto de construcción de la nueva
estación de autobuses de Lugo».
La Consellería de Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de Galicia hará constar en
los pliegos reguladores de la licitación de las obras y las asistencias técnicas, que, por
cada certificación o documento acreditativo de la ejecución de esos servicios, la empresa
adjudicataria emitirá las facturas a nombre de ADIF y de la Consellería de
Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de Galicia, por la parte proporcional
correspondiente a la participación de cada una de ellas establecidas en la actuación
objeto de este proyecto.
cve: BOE-A-2023-14979
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89569
○ La cofinanciación con FEDER implica aceptar la inclusión de la operación y sus
datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 49.3 RDC.
○ Deberán introducirse los datos y documentos relativos a la operación, así como
todas sus posibles actualizaciones, en los sistemas de intercambio electrónico de datos
utilizado para la gestión del Programa Operativo FEDER, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 69.8 RDC.
– Cumplir las obligaciones en materia de información y comunicación sobre el apoyo
procedente del FEDER según los artículos 47 y 50 del Reglamento N.º 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y de acuerdo a las
especificaciones técnicas establecidas en el Anexo IX de dicho Reglamento. En
particular deberá:
• Reconocer el apoyo del FEDER a la operación mostrando en todas las medidas de
visibilidad, transparencia y comunicación que lleve a cabo el emblema de la Unión
Europea, acompañado de una declaración de «Cofinanciado por la Unión Europea».
• Hacer una breve descripción de la actuación en su sitio web oficial y en sus
cuentas en los medios sociales, de manera proporcionada en relación con el nivel de la
ayuda, con sus objetivos y resultados, destacando la ayuda financiera de la Unión
Europea.
• Proporcionar una declaración que destaque la ayuda de la Unión Europea de
manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la
ejecución de la actuación, destinados al público.
• Exhibir una placa o valla publicitaria resistente en un lugar bien visible para el
público, en la que figure el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las
características técnicas del Anexo IX del Reglamento 2021/1060, tan pronto como
comience la ejecución física de la actuación.
• Colocar un cartel o placa permanente en un lugar bien visible para el público en el
plazo de tres meses desde la finalización de la ejecución física. Dicho cartel o placa
indicará el nombre y el objetivo principal de la actuación.
• En el caso de que el coste de la actuación supere los 10.000.000 euros, organizar
una actividad o acto de comunicación, según convenga, y hará participar a la Comisión
Europea y a la autoridad de gestión responsable en su momento oportuno.
• Durante el período de obligatoriedad de conservación de la documentación, deberá
conservar, preferentemente en formato digital, una copia de todos los materiales de
comunicación y publicidad que elabore y difunda en el marco de la actuación. Este
material deberá ser puesto a disposición del Organismo Intermedio o de las instituciones
de la Unión Europea si así se lo solicitan.
• Respetar, en todo momento, las orientaciones recogidas en el documento de uso del
emblema europeo (https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/eu-emblem-rules_es.pdf).
Justificación y pago de las actuaciones.
Ejecución de obras del Proyecto de construcción del aparcamiento subterráneo y
asistencias técnicas en obra.
El proyecto de construcción será supervisado y aprobado por ADIF, y sus obras
serán licitadas, adjudicadas, ejecutadas, dirigidas, recibidas y puestas en servicio por la
Xunta de Galicia de manera conjunta con las del «Proyecto de construcción de la nueva
estación de autobuses de Lugo».
La Consellería de Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de Galicia hará constar en
los pliegos reguladores de la licitación de las obras y las asistencias técnicas, que, por
cada certificación o documento acreditativo de la ejecución de esos servicios, la empresa
adjudicataria emitirá las facturas a nombre de ADIF y de la Consellería de
Infraestructuras y Movilidad de la Xunta de Galicia, por la parte proporcional
correspondiente a la participación de cada una de ellas establecidas en la actuación
objeto de este proyecto.
cve: BOE-A-2023-14979
Verificable en https://www.boe.es
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