III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14990)
Resolución de 16 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica "ISF A Gudiña Solar", de 66 MWp y 60,8 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Ourense».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Lunes 26 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 89659

tratarse de una zona intervenida y antropizada, que no ocupa Montes de Utilidad Pública
ni vías pecuarias.
Asimismo, se han planteado tres alternativas (A, B y C), junto a la alternativa 0, para
la línea de evacuación. La alternativa 0 es descartada por el promotor por no satisfacer
la demanda eléctrica existente, por no contribuir a la consecución del objetivo propuesto
del 20 % de energía renovable sobre el consumo de energía final en 2020 y por la
pérdida de empleo generado por no realizar la instalación.
Se ha elegido la alternativa A, tras descartar las otras dos por sus mayores
afecciones ambientales. La alternativa B desaprovecha la presencia de infraestructuras
lineales y su trazado contribuye a la fragmentación y compartimentación de hábitats y
supone una nueva intrusión visual en el paisaje. La alternativa C atraviesa en más de la
mitad de su trazado el «Área crítica de águila real para el Desarrollo eólico establecido
por la Xunta de Galicia» y cruza terrenos catalogados con Hábitats de Interés
Comunitario en 9,6 km del total de su recorrido.
b)

Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

El estudio de impacto ambiental describe los efectos potenciales del proyecto sobre
los factores población y salud humana, vegetación, fauna, espacios naturales protegidos
y Red Natura 2000, suelo, aire, agua, paisaje y patrimonio cultural, así como las medidas
de mitigación y seguimiento para cada factor y todo ello ha sido valorado en el análisis
técnico realizado por el órgano ambiental, tras el que se destacan los impactos más
relevantes.

Las poblaciones más cercanas a la planta fotovoltaica son A Gudiña, a 1.070 m y
Bouza, a 1.110 m. Los núcleos más próximos a la línea de evacuación son As Casas do
Balneario, a 240 m, O Castro, a 340 m, Ardexarxea, a 540 m, Pradocabalos, a 630 m y
Bembibre, a 780 m.
En cuanto a afecciones por campos electromagnéticos, en el estudio de impacto
ambiental se indica que se cumplirá la reglamentación vigente.
En cuanto al ruido, en el estudio de impacto ambiental indican que los principales
receptores son los núcleos urbanos de A Gudiña y Bouza, ubicados a más de 1 km de
las zonas de actuación, rodeados asimismo de infraestructuras viarias (OU-522 y
OU-0904, principalmente) y masas forestales lineales que ejercen de pantallas
vegetales, enmascarando el posible ruido que pudieran ocasionar las obras, muy
debilitado en todo caso debido a la distancia. Según la tipología de la obra a ejecutar,
con un impacto limitado a la propia actividad de la maquinaria, que deberá cumplir la
legislación existente en materia de ruidos, no es probable que se superen los límites
establecidos por la legislación vigente, ni los existentes actualmente. En la fase
operacional de la planta, los niveles sonoros estarán en torno a los 50 dB. La puesta en
marcha de la actividad no modificará la situación acústica actual, manteniéndose los
niveles por debajo de los valores límite admisibles, por lo que es necesaria la adopción
de medidas correctoras. El ruido generado por la línea de evacuación será igualmente
bajo, en torno a los 30-40 dB, siendo por tanto un impacto asumible.
En el estudio de impacto ambiental, se estudia el impacto sobre las emisiones de
polvo, que se producirán durante la fase de obras tanto de la planta fotovoltaica como de
las líneas de evacuación. Se adoptarán medidas preventivas habituales para evitar la
generación de polvo en los entornos más sensibles.
En la zona de afección del proyecto existen concesiones/reconocimientos por
disposición legal para el aprovechamiento de aguas, por lo que, a la hora de ejecutar los
trabajos y la explotación posterior se deberán extremar las medidas correctoras y
preventivas a fin de que estos aprovechamientos no se vean afectados.
La Dirección General de Salud Pública de la Xunta de Galicia señala en su informe
que la documentación del estudio ambiental presenta carencias, entre ellas, que no se

cve: BOE-A-2023-14990
Verificable en https://www.boe.es

b.1) Población y salud humana.