III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14990)
Resolución de 16 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica "ISF A Gudiña Solar", de 66 MWp y 60,8 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Ourense».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Lunes 26 de junio de 2023

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consistió en la revisión en el campo de nueve sugerencias documentales sobre la existencia
de restos de minería antigua. De los nueve puntos revisados, en dos casos, Sugerencia
número 5 (Monte de A Gudiña. Alto do Foxo. Conjunto minero Alto do Foxo) y Sugerencia
número 6 (Cortas en Borraxos. Conjunto minero de Rego Guitiande), se confirmaron como
restos de explotaciones mineras, aunque sin una concreción cronológica. En ambos casos se
proponen medidas preventivas.
De la revisión de los grabados existentes en la zona de implantación, el arqueólogo
redactor de la adenda concluye que los motivos en herradura se localizan sobre
afloramientos con indicios claros de actividad extractiva relacionada con la cantería. Los
motivos con forma semicircular o de herradura se corresponden con grabados modernos
coetáneos con la realización de la actividad extractiva. Los surcos están delimitados con
un instrumento metálico. Se indica una medida de carácter preventivo para estos
elementos que comparte la Dirección General.
La visibilidad de planta desde la Vía de la Plata se evalúa como una adenda al
estudio de impacto paisajístico. Se concluye que, para los puntos de observación 2 y 3,
la planta ocasionará un impacto visual que se valora como moderado. Como medida
correctora se propone la implantación de una pantalla vegetal en el vértice norte del
Camino de Santiago, de manera que atenúe y minimice la perceptibilidad de la planta
fotovoltaica. La pantalla se extendería a lo largo de los dos tramos y estaría compuesta
por ejemplares arbóreos y arbustivos. Atendiendo al artículo 39 de la Ley del patrimonio
cultural de Galicia, la implantación de esta pantalla vegetal requiere autorización previa
de la Consellería de Cultura, al tratarse de una intervención en el contorno de protección
de un bien catalogado y encontrarse dentro de los supuestos del artículo 45 de la Ley.
El segundo informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de
Galicia concluye que las actuaciones descritas en el proyecto afectan al contorno de
Bienes del Catálogo del patrimonio cultural de Galicia por lo que, de acuerdo con los
artículos 39 y 45 de la Ley del patrimonio cultural de Galicia deben de ser autorizadas
por la consellería con competencias en materia de patrimonio cultural. Informa
favorablemente el proyecto a excepción del tramo de la línea aérea A Gudiña-Conselo
comprendido entre los apoyos 25 y 27 por su afección al Castro de la Torre dos Mouros,
bien inmueble del patrimonio arqueológico integrado en el Catálogo del patrimonio
cultural de Galicia.
Las medidas preventivas y correctoras indicadas en el informe de la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia se han tenido en cuenta en el
condicionado para la protección del patrimonio cultural de esta resolución.
Bienes materiales.

La Dirección General de Ordenación Forestal de la Xunta de Galicia emite un informe
desfavorable al proyecto. En dicho informe, señala la afección al monte vecinal en mano
común, Monte comunal A Gudiña, en convenio con la Xunta de Galicia y con proyecto de
ordenación pendiente de autorización e inscripción en el registro de montes ordenados
de Galicia. El monte se verá afectado por la planta fotovoltaica, la subestación A Gudiña
y parte del trazado de la línea aérea de alta tensión a 132 kV. En este monte, la
ejecución de las obras implicaría un cambio de uso del suelo, que dejaría de ser forestal
en la parte implicada, por lo que la comunidad propietaria debería solicitar la rescisión
del convenio y proceder a la revisión del proyecto de ordenación. Por otro lado, en el
monte citado, en 2015 y 2017 se produjeron dos incendios forestales con
referencias 2015320951 y 2017321393 que afectaron a las parcelas en las que se
propone la instalación de la planta fotovoltaica que se extendieron por la mayor parte de
la superficie.
Otros montes vecinales en mano común afectados por la línea aérea a 132 kV, son
Serra de Vales de los vecinos de Bouza, Serra de Vales de los vecinos de Pexeiros,
Serra de Vales de los vecinos de O Castro, Maxedo de los vecinos de Pradocabalos,
Madelo, Alto Viñas, Torgal e Fuente Blanca de los vecinos de Pradocabalos, Forcada e
Lagoas de los vecinos de Fradelo, y Serro de los vecinos de Fradelo. En el monte Serro,

cve: BOE-A-2023-14990
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