III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-14909)
Resolución de 31 de mayo de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la ejecución de un vuelo fotogramétrico y la posterior obtención de una cobertura de ortofotos de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Sábado 24 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88966
actuaciones de la administración regional en materia de cartografía, con competencia
exclusiva sobre las series cartográficas oficiales de la Comunidad de Madrid».
Cuarto.
Que es de interés de las partes, en el marco de la colaboración interadministrativa
prevista en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el
Sistema Cartográfico Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de información
geográfica, de manera que se satisfaga las necesidades de las Administraciones
Públicas firmantes, se garantice la producción de información cartográfica y geográfica
en forma coordinada y eficiente y que sea posible combinar de forma coherente datos
geográficos de diversas fuentes para que puedan ser compartidos entre los integrantes
del Sistema Cartográfico Nacional, al cual la Comunidad de Madrid se adhirió mediante
convenio firmado en fecha 16 de marzo de 2021.
Quinto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio de la
Comunidad de Madrid, en el marco del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España
(en adelante PNOA).
Sexto.
Que el IGN y el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico
Nacional (Artículo 2, apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes
acuerdos establecidos con las AA. PP., en particular el protocolo general de actuación
entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, el Instituto Geográfico Nacional y el Centro Nacional de Información
Geográfica, O.A. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para el
intercambio de información geográfica, firmado el 13 de julio de 2022, pueden disponer
de las coberturas fotogramétricas y productos nominales generados bajo el marco del
PNOA.
En este sentido, es de interés de las partes que las diversas coberturas objeto de
este convenio tengan además de las condiciones nominales a desarrollar por la
Administración General del Estado, también las mejoras técnicas especificadas y
financiadas por la Comunidad de Madrid. Asimismo, la Comunidad de Madrid está
interesada en unir fuerzas con la Administración General del Estado para, entre las dos
Administraciones, lograr productos mejores que los que podría disponer cada parte de
forma individual.
Concretamente, la Comunidad de Madrid está interesada en mejorar los productos
nominales de la Administración General del Estado para que sean aplicables a las tareas
propias de su ámbito competencial, mediante las siguientes tareas:
Respecto a mejorar la resolución del vuelo PNOA y de las Ortofotos PNOA, el IGN y
el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico Nacional (Artículo 2,
apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes acuerdos
establecidos con las AA. PP., puede disponer de las coberturas fotogramétricas y
productos nominales generados bajo el marco del PNOA.
Las condiciones nominales con las que la Administración General del Estado debe
realizar el Vuelo Fotogramétrico (en adelante VF) es con un tamaño de pixel en el
terreno (GSD) de 35 cm, mientras que a la Comunidad Madrid dicho VF le interesa que
sea realizado con un GSD de 22 cm.
cve: BOE-A-2023-14909
Verificable en https://www.boe.es
– Mejorar la resolución del vuelo PNOA pasando de 35 cm/píxel a 22 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel
de un vuelo a 35 cm a ortofoto básica de 25 cm/pixel de un vuelo a 22 cm.
Núm. 150
Sábado 24 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88966
actuaciones de la administración regional en materia de cartografía, con competencia
exclusiva sobre las series cartográficas oficiales de la Comunidad de Madrid».
Cuarto.
Que es de interés de las partes, en el marco de la colaboración interadministrativa
prevista en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el
Sistema Cartográfico Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de información
geográfica, de manera que se satisfaga las necesidades de las Administraciones
Públicas firmantes, se garantice la producción de información cartográfica y geográfica
en forma coordinada y eficiente y que sea posible combinar de forma coherente datos
geográficos de diversas fuentes para que puedan ser compartidos entre los integrantes
del Sistema Cartográfico Nacional, al cual la Comunidad de Madrid se adhirió mediante
convenio firmado en fecha 16 de marzo de 2021.
Quinto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio de la
Comunidad de Madrid, en el marco del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España
(en adelante PNOA).
Sexto.
Que el IGN y el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico
Nacional (Artículo 2, apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes
acuerdos establecidos con las AA. PP., en particular el protocolo general de actuación
entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, el Instituto Geográfico Nacional y el Centro Nacional de Información
Geográfica, O.A. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para el
intercambio de información geográfica, firmado el 13 de julio de 2022, pueden disponer
de las coberturas fotogramétricas y productos nominales generados bajo el marco del
PNOA.
En este sentido, es de interés de las partes que las diversas coberturas objeto de
este convenio tengan además de las condiciones nominales a desarrollar por la
Administración General del Estado, también las mejoras técnicas especificadas y
financiadas por la Comunidad de Madrid. Asimismo, la Comunidad de Madrid está
interesada en unir fuerzas con la Administración General del Estado para, entre las dos
Administraciones, lograr productos mejores que los que podría disponer cada parte de
forma individual.
Concretamente, la Comunidad de Madrid está interesada en mejorar los productos
nominales de la Administración General del Estado para que sean aplicables a las tareas
propias de su ámbito competencial, mediante las siguientes tareas:
Respecto a mejorar la resolución del vuelo PNOA y de las Ortofotos PNOA, el IGN y
el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico Nacional (Artículo 2,
apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes acuerdos
establecidos con las AA. PP., puede disponer de las coberturas fotogramétricas y
productos nominales generados bajo el marco del PNOA.
Las condiciones nominales con las que la Administración General del Estado debe
realizar el Vuelo Fotogramétrico (en adelante VF) es con un tamaño de pixel en el
terreno (GSD) de 35 cm, mientras que a la Comunidad Madrid dicho VF le interesa que
sea realizado con un GSD de 22 cm.
cve: BOE-A-2023-14909
Verificable en https://www.boe.es
– Mejorar la resolución del vuelo PNOA pasando de 35 cm/píxel a 22 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel
de un vuelo a 35 cm a ortofoto básica de 25 cm/pixel de un vuelo a 22 cm.