III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-14909)
Resolución de 31 de mayo de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la ejecución de un vuelo fotogramétrico y la posterior obtención de una cobertura de ortofotos de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Sábado 24 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88965
competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y
se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la
Consejería.
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene,
la capacidad legal necesaria para suscribir este convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Instituto Geográfico Nacional (IGN), órgano directivo adscrito al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través de la Subsecretaria de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, tiene como finalidad, entre otras, la dirección y el desarrollo
de planes nacionales de observación del territorio con aplicación geográfica y
cartográfica, así como el aprovechamiento de sistemas de fotogrametría y teledetección,
y la producción, actualización y explotación de modelos digitales del terreno, y la
producción, actualización y explotación de las bases de datos de los aspectos
topográficos de la Información Geográfica de Referencia.
Que el O.A. Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), adscrito al Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Dirección General del
Instituto Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar
los trabajos de carácter geográfico que demande la sociedad, con especial dedicación a
la realización de proyectos basados en tecnologías avanzadas, programas de
investigación y desarrollo, y prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias
y técnicas geográficas, todo ello en un marco estratégico común con la Dirección
General del Instituto Geográfico Nacional, tal y como se establece en los artículos 122.2
de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del Estado para 1989, de 28 de diciembre
(BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del
Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de
mayo).
Segundo.
En este sentido, artículo 5.5.a del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d, el
Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre del organismo del
CNIG con fecha de 22 de febrero de 2023.
Que la Comunidad de Madrid ejerce la competencia en materia de cartografía y
geoinformación en su ámbito territorial. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2
apartados e) y g) del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura (BOCM Núm. 275 del 18 de noviembre del 2021) a la Dirección
General de Urbanismo le corresponde, entre otras, las funciones de «formación,
actualización y edición de coberturas fotogramétricas, series de ortoimágenes, series de
cartografía topográfica y de mapas temáticos producidos por la Comunidad de Madrid,
incluyendo la formación y mantenimiento de las bases topográficas digitales, los
contenidos de difusión pública a través de los servicios de la Infraestructura de Datos
Espaciales de la Comunidad de Madrid, y su integración con el Geoportal de la
Infraestructura de Información Geográfica de España, así como la coordinación de las
cve: BOE-A-2023-14909
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 150
Sábado 24 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88965
competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y
se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la
Consejería.
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene,
la capacidad legal necesaria para suscribir este convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Instituto Geográfico Nacional (IGN), órgano directivo adscrito al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través de la Subsecretaria de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, tiene como finalidad, entre otras, la dirección y el desarrollo
de planes nacionales de observación del territorio con aplicación geográfica y
cartográfica, así como el aprovechamiento de sistemas de fotogrametría y teledetección,
y la producción, actualización y explotación de modelos digitales del terreno, y la
producción, actualización y explotación de las bases de datos de los aspectos
topográficos de la Información Geográfica de Referencia.
Que el O.A. Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), adscrito al Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Dirección General del
Instituto Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar
los trabajos de carácter geográfico que demande la sociedad, con especial dedicación a
la realización de proyectos basados en tecnologías avanzadas, programas de
investigación y desarrollo, y prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias
y técnicas geográficas, todo ello en un marco estratégico común con la Dirección
General del Instituto Geográfico Nacional, tal y como se establece en los artículos 122.2
de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del Estado para 1989, de 28 de diciembre
(BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del
Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de
mayo).
Segundo.
En este sentido, artículo 5.5.a del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d, el
Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre del organismo del
CNIG con fecha de 22 de febrero de 2023.
Que la Comunidad de Madrid ejerce la competencia en materia de cartografía y
geoinformación en su ámbito territorial. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2
apartados e) y g) del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura (BOCM Núm. 275 del 18 de noviembre del 2021) a la Dirección
General de Urbanismo le corresponde, entre otras, las funciones de «formación,
actualización y edición de coberturas fotogramétricas, series de ortoimágenes, series de
cartografía topográfica y de mapas temáticos producidos por la Comunidad de Madrid,
incluyendo la formación y mantenimiento de las bases topográficas digitales, los
contenidos de difusión pública a través de los servicios de la Infraestructura de Datos
Espaciales de la Comunidad de Madrid, y su integración con el Geoportal de la
Infraestructura de Información Geográfica de España, así como la coordinación de las
cve: BOE-A-2023-14909
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.