III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14880)
Orden CIN/676/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID) para la Compra Pública de Innovación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Viernes 23 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88836
climáticas actuales y de las previstas en el futuro, sobre sí misma o en las personas, la
naturaleza o los activos.
(4)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la utilización y
protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos si va en detrimento del buen
estado o del buen potencial ecológico de las masas de agua, incluidas las superficiales y
subterráneas, y del buen estado ecológico de las aguas marinas.
(5)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la economía
circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos, si genera importantes
ineficiencias en el uso de materiales o en el uso directo o indirecto de recursos naturales;
si da lugar a un aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de
residuos; o si la eliminación de residuos a largo plazo puede causar un perjuicio
significativo y a largo plazo para el medio ambiente.
(6)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la prevención y el
control de la contaminación cuando da lugar a un aumento significativo de las emisiones
de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo.
(7)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la protección y
restauración de la biodiversidad y los ecosistemas cuando va en gran medida en
detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, o va en
detrimento del estado de conservación de los hábitats y las especies, en particular de
aquellos de interés para la Unión.
Fecha:
Firmado electrónicamente por (cargo)
(Nombre completo y apellidos)
Firma del representante de la Entidad
(Firma electrónica en formato XAdES)
ANEXO VI
Certificación de estar al corriente de las obligaciones de reembolso
D./Dña ………………………………………….........................................……………,i en
representación de ……………………………….… ii con NIF ………………….. iii con
capacidad legal necesaria en virtud de ………………………………………………….… iv
CERTIFICA
Y, para que conste y surta efectos de acuerdo con la citada norma.
Firma del representante de la Entidad
(Firma electrónica en formato XAdES)
i. Indicar nombre y cargo de la persona que firma.
ii. Señalar el nombre de la Comunidad o Ciudad Autónoma.
iii. NIF.
iv. Norma que le otorga capacidad legal para firmar esta declaración.
cve: BOE-A-2023-14880
Verificable en https://www.boe.es
Que el organismo al que representa se encuentra al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos
anteriormente con cargo a cargo a los Presupuestos Generales del Estado conforme a lo
dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Que el organismo al que representa comunicará de inmediato al órgano responsable
de las ayudas cualquier modificación o variación de las circunstancias anteriores.
Núm. 149
Viernes 23 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88836
climáticas actuales y de las previstas en el futuro, sobre sí misma o en las personas, la
naturaleza o los activos.
(4)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la utilización y
protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos si va en detrimento del buen
estado o del buen potencial ecológico de las masas de agua, incluidas las superficiales y
subterráneas, y del buen estado ecológico de las aguas marinas.
(5)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la economía
circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos, si genera importantes
ineficiencias en el uso de materiales o en el uso directo o indirecto de recursos naturales;
si da lugar a un aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de
residuos; o si la eliminación de residuos a largo plazo puede causar un perjuicio
significativo y a largo plazo para el medio ambiente.
(6)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la prevención y el
control de la contaminación cuando da lugar a un aumento significativo de las emisiones
de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo.
(7)
Se considera que una actividad causa un perjuicio significativo a la protección y
restauración de la biodiversidad y los ecosistemas cuando va en gran medida en
detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, o va en
detrimento del estado de conservación de los hábitats y las especies, en particular de
aquellos de interés para la Unión.
Fecha:
Firmado electrónicamente por (cargo)
(Nombre completo y apellidos)
Firma del representante de la Entidad
(Firma electrónica en formato XAdES)
ANEXO VI
Certificación de estar al corriente de las obligaciones de reembolso
D./Dña ………………………………………….........................................……………,i en
representación de ……………………………….… ii con NIF ………………….. iii con
capacidad legal necesaria en virtud de ………………………………………………….… iv
CERTIFICA
Y, para que conste y surta efectos de acuerdo con la citada norma.
Firma del representante de la Entidad
(Firma electrónica en formato XAdES)
i. Indicar nombre y cargo de la persona que firma.
ii. Señalar el nombre de la Comunidad o Ciudad Autónoma.
iii. NIF.
iv. Norma que le otorga capacidad legal para firmar esta declaración.
cve: BOE-A-2023-14880
Verificable en https://www.boe.es
Que el organismo al que representa se encuentra al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos
anteriormente con cargo a cargo a los Presupuestos Generales del Estado conforme a lo
dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Que el organismo al que representa comunicará de inmediato al órgano responsable
de las ayudas cualquier modificación o variación de las circunstancias anteriores.