III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14880)
Orden CIN/676/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID) para la Compra Pública de Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 23 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88837

ANEXO VII
Criterios de admisión a trámite, evaluación y priorización de las solicitudes
presentadas a las convocatorias de la línea de fomento de innovación desde la
demanda para la compra pública de innovación
I.

Criterios de admisión a trámite

Son criterios excluyentes, es decir, una valoración negativa en uno de ellos supone la
inadmisión a trámite de la solicitud presentada:
1. Pertenencia al Sector Público y condición de poder adjudicador [SI/NO].
Inscripción en el Inventario de Entes del Sector Público del Ministerio de Hacienda.
2. Titularidad de la competencia para prestar el servicio público en el que se
desplegará la solución innovadora [SI/NO]. Aportación de la norma jurídica que otorga al
organismo público solicitante la titularidad del servicio.
3. Informe de la Oficina Española de Patentes y Marcas [SI/NO]. Aportación por el
organismo público solicitante del informe sobre el estado del arte emitido por la Oficina
Española de Patentes y Marcas (OEPM) – «Informe Tecnológico de Patentes (ITP)» – en
el que la conclusión en relación al contenido innovador de la operación no sea
desfavorable.
4. Informe de la Consulta Preliminar al Mercado [SI/NO]. Presentación del Informe
final de resultados de la CPM efectuada por el solicitante.
5. Compromiso de despliegue [SI/NO]. Aportación por el organismo público
solicitante del compromiso de despliegue de la solución innovadora en el ámbito del
servicio público en el que se ha detectado la necesidad no cubierta por el mercado.
6. Presupuesto mínimo de la propuesta [SI/NO]. Presupuesto elegible de la Fase I
+D≥ Presupuesto mínimo artículo 9.5 de la Orden de Bases.
II. Criterios técnicos de evaluación de las operaciones
1.

Contenido en I+D+i [SI/NO].

Informe emitido por evaluador independiente reconociendo el contenido innovador de
la propuesta. Dicho informe analizará las siguientes cuestiones:
a)

¿Es innovadora la propuesta? [SI/NO]

b) ¿El estado actual del arte permite la viabilidad del proyecto? [SI/NO]
c) Los indicadores del proyecto son adecuados [SI/NO]
d) ¿El presupuesto del proyecto es adecuado a las actuaciones cuyo desarrollo
implicará el mismo? [SI/NO]
e) Alineamiento con los objetivos de la EECTI [SI/NO]. Valoración del alineamiento
de la operación de CPI propuesta con los objetivos de la Estrategia Española de Ciencia,
Tecnología e Innovación (EECTI).

cve: BOE-A-2023-14880
Verificable en https://www.boe.es

Debe valorarse el carácter innovador de la propuesta.
¿Se desarrolla algo que no existe en el mercado o mejora algo que ya existe?.
Buscamos identificar cuál es la innovación aportada (valor añadido del proyecto).
También buscamos confirmación de la TRL de partida del proyecto y comprobación
de que el proyecto finaliza en TRL 9 (solución comercializable) (TRL,s 1 y 2 deben
descartarse).
En caso de que la respuesta a esta pregunta sea NO, no se abordarán las
cuestiones siguientes.